Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

BARJA/SECRET GARDEN SPA

Rol

O-679-2022

Fecha

28 de octubre de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que NICOLÁS ESTEBAN BARJA HENRÍQUEZ, RUN 18.485.867-3, desempleado, domiciliados en Avda. Luis Durand 2345 depto. 301, Temuco, demanda en juicio de aplicación general a SECRET GARDEN SpA, RUT 77.487.759-2, del giro comercial, representada legalmente por RODRIGO SEBASTIÁN MORALES QUIÑONES, ambos domiciliados en Prieto Norte 500 Temuco y expone. Que, durante el mes de diciembre de 2021, con la llamada de Rodrigo Morales, representante legal de Secret Garden SpA, pidiéndome juntarse conmigo porque tenía una propuesta de trabajo. Cuando nos juntamos me comento de que aproximadamente el 3 de enero abrirían un bar llamado Secret Garden ubicado en Prieto Norte 500, Temuco. Me dijo que, si renunciaba a mi trabajo actual y trabajaba con él, me haría jefe de barra y me ofreció un sueldo de $700.000. Yo estaba trabajando en Biergarten Klein, con un buen cargo, sueldo fijo, y contrato indefinido. Aun así, me gustó la idea y para cumplir con mi trabajo anterior, di aviso de que renunciaría y así poder estar operativo para mi nuevo trabajo en Secret Garden en la fecha esperada. El bar abrió el 17 de enero de 2022 y con la promesa de un contrato para la primera fecha de febrero. Contrato que no me hicieron hasta el 4 de abril de 2022, con fecha de ingreso el 1 de abril de 2022, sin perjuicio de que estuve trabajando sin contrato, la mitad de enero, todo febrero, todo marzo, y en abril me hicieron recién un contrato, pero por el mínimo, con fecha termino 31 de diciembre del año 2022. Contrato que hicieron vía online. A finales de marzo nos fueron a fiscalizar (mientras Rodrigo de vacaciones en Miami) y nos dimos cuenta de que no tenían patente de alcoholes y que si no sacábamos todo el alcohol del bar nos cerrarían en el acto. Sacamos todo el alcohol y seguimos funcionando como restaurant, pero sin alcohol. Mis funciones eran trabajar como jefe de barra en dicho restaurant, hacerme cargo de todo lo que significaba tragos y bebestibles en general. Mis remuneraciones a pesar de lo pactado en el contrato, que estipulaba la suma de $ 350.000, me pagaba otros $ 350.000 por fuera del contrato por lo que mi remuneración total era la suma bruta de $ 700.000. El Despido Con fecha 13 de mayo de 2022, mi ex empleador me notificó verbalmente y sin expresión de causa que el contrato de trabajo quedaba sin efecto y que estaba despedido, sin más, nunca me fue enviada carta de despido y mucho menos se me informó cual fue la razón de mi despido, nunca fui citado a firmar finiquito ni me fue pagado el finiquito, indemnización por aviso previo, feriado proporcional, ni las remuneraciones del mes de abril, los días del mes de mayo ni tampoco me fueron pagadas las remuneraciones hasta el término de mi contrato es decir hasta el 31 de diciembre de 2022. Que aun cuando el negocio no funcionara al menos durante el mes de abril y mayo de 2022, yo estuve siempre a disposición de mi ex empleador. PETICIONES CONCRETAS: acoger la demanda y, en definitiva, cond

Fallo

se declara: I.- Que SE RECHAZA la excepción de incompetencia del Tribunal, opuesta por la demandada. II.- Que SE RECHAZA la excepción de caducidad de las acciones de autos, opuesta por la demandada. III.- Que SE ACOGE la demanda deducida por NICOLÁS ESTEBAN BARJA HENRÍQUEZ en contra de SECRET GARDEN SPA, RUT 77.487.759-2, declarándose que la relación laboral se inició con fecha 17 de febrero de 2022 y, que con fecha 13 de mayo de 2022 el demandante fue despedido en forma verbal e injustificada, en consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1.- $700.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- $664.196.- de remuneración de abril de 2022, debiendo efectuarse los descuentos previsionales correspondientes. 3.- $302.900.- de remuneración de 13 días de mayo de 2022, debiendo efectuarse los descuentos previsionales correspondientes. 4.- $83.414.- por concepto de vacaciones proporcionales, equivalente a 3.58 días hábiles. 5.- $4.900.000.- por concepto de indemnización por concepto de lucro cesante, correspondiente a las remuneraciones del periodo junio a diciembre de 2022. 6.- Al pago de las cotizaciones previsionales de los periodos 17.02.2022 al 30.03.2022 y del 01.05.2022 al 13.05.2022 inclusive. Ofíciese a los organismos previsionales a los cuáles se encuentra afiliado para los fines legales a que haya lugar, salvo FONASA por no haber acreditado que hizo uso de beneficios de salud. Que las sumas anteriores serán reajus

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SENTENCIA Temuco, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que NICOLÁS ESTEBAN BARJA HENRÍQUEZ, RUN 18.485.867-3, desempleado, domiciliados en Avda. Luis Durand 2345 depto. 301, Temuco, demanda en juicio de aplicación general a SECRET GARDEN SpA, RUT 77.487.759-2, del giro comercial, representada legalmente por RODRIGO SEBASTIÁN MORALES QUIÑONES, ambos domicilia

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