INOSTROZA/SÁEZ
Rol
O-21-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, se presenta Carlos Andrés Gutiérrez Muñoz, Abogado, domiciliado en calle Chorrillos Número 1750 de Yumbel, en representación de doña Gilda Misquelina Inostroza Lazcano, cédula nacional de identidad N° 9.783.346-k, soltera, contadora general, domiciliada en calle Valdivia número 401 de Yumbel, quien viene en interponer demanda en procedimiento ordinario por despido injustificado, conjuntamente con el cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, en contra de su ex empleadora, la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE YUMBEL, Departamento de Educación, Rol Único Tributario N° 69.150.902-8, representada judicialmente por su Alcalde, don José Aurelio Sáez Vinet, cédula de identidad N° 7.052.971-8, ambos con domicilio en calle O’Higgins N°851, comuna de Yumbel, conforme a la relación circunstanciada de los hechos y los
Fundamentos
fundamentos de derecho que se exponen a continuación. I. Los Hechos: a) Indica que con fecha 05 agosto de 1992, doña Gilda Misquelina Inostroza Lazcano, ingresó a prestar servicios laborales para la Ilustre Municipalidad de Yumbel, y en específico como Jefe de Finanzas del Departamento de Educación Municipal de Yumbel, prestando sus servicios en las dependencias de dicho organismo, y su jornada de trabajo era de 44 horas semanales. b) En cuanto a la duración del contrato de trabajo, ésta era de naturaleza indefinida, y su remuneración mensual según el promedio de los últimos 3 meses de pago recibidos era la suma de $1.827.256. c) Expone que, la relación laboral se efectuó y desarrolló en orden, sin embargo desde hace unos años y concretamente con la nueva administración municipal de don José Aurelio Sáez Vinet, se decidió colocar término al contrato de trabajo de la actora sin existir antecedentes, o hechos que justifiquen esa decisión. II.- Circunstancias del término de la relación laboral. a) Hechos relativos al término de la relación laboral; Señala que se debe tener en cuenta el decreto Alcaldicio número 484 de 23 de abril de 2021, mediante el cual se instruye investigación Sumaria, y la Resolución Fiscal Número 01, de 28 de abril de 2021, en la cual se constituye Fiscalía Instructora en la oficina de Administración y Finanzas. Asimismo, el el Ordinario Número 01 de 28 de abril de 2021, de la Fiscalía Instructora, dirigido al Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Yumbel, en el cual se informa que no existe inhabilidad de doña Cristina Andrea Cifuentes Brito para desempeñar el cargo de Fiscal, aceptando formalmente el nombramiento. Agrega que se debe tener presente además, la resolución Fiscal número 02, de 28 de abril de 2021, en el cual se solicita información en razón de los hechos objeto de investigación, a la Directora de Secplan de la Municipalidad de Yumbel, el Ordinario número 5 de fecha 04 de mayo de 2021, por el cual la Fiscal Instructor solicita elevar la investigación a Sumario Administrativo, argumentando motivos que lo sustentan. En razón de lo anterior, indica que la Fiscal Instructora solicita elevar la investigación sumaria a Sumario Administrativo, ordenándose que dicho Sumario Administrativo, lo lleve a efecto doña Cristina Andrea Cifuentes Brito en calidad de Fiscal Instructora, la que fue notificada con fecha 24 de mayo 2021 por Secretario Municipal. A través de Resolución Fiscal Número 03, se dispone citar a prestar declaración ante dicha Fiscalía a funcionarios del Departamento de Educación Municipal, y a doña Gilda Misquelina Inostroza Lazcano quien fue notificada para prestar declaración para el día 31 de mayo de 2021 a las 10:30 horas. Expone que se realizó una recusación en contra de la persona designada como Fiscal en este sumario, la cual fue acogida por decreto Alcaldicio, afectando con ello la imparcialidad de ésta, y la probidad administrativa. Por otra parte, indica que, la Directora de Control debía re
Fallo
Por tanto, en conformidad a lo expuesto y según lo dispuesto en artículos 7, 160 número 7, 162, 163, 173, 168, 446, todos del Código del Trabajo y demás disposiciones legales aplicables, solicita tener por interpuesta Demanda Laboral por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, de parte de doña Gilda Inostroza Lazcano, ya individualizada, y en contra de su ex empleadora la Ilustre Municipalidad de Yumbel, Departamento de Educación Municipal, representada legalmente por don José Aurelio Sáez Vinet, o quien legalmente haga sus veces y represente a la demandada, ya individualizada la parte demandada, solicitando que se declare que el despido del cual fue objeto la demandante es injustificado, y se condene a la demandada al pago mayor o menor que US., determine como cantidad de dinero, y de las prestaciones señaladas en este libelo, con reajustes e intereses y con expresa condena en costas, y que se pasan a detallar: 1. Por indemnización por falta de aviso previo, la suma de $1.827.256. 2. Por indemnización por años de servicio y que corresponde al tope legal de 11 años de indemnización por años y servicio, corresponde a la suma de dinero de $20.099.816. 3. Feriado legal correspondiente a los años 2020, 2021 y proporcional a enero y febrero 2022, y que corresponde a la suma de dinero de 1.827.256. 4. Por recargo de la letra c) del art. 168 del Código del Trabajo de un 80% por aplicación de causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, la suma de dinero de
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Yumbel, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, se presenta Carlos Andrés Gutiérrez Muñoz, Abogado, domiciliado en calle Chorrillos Número 1750 de Yumbel, en representación de doña Gilda Misquelina Inostroza Lazcano, cédula nacional de identidad N° 9.783.346-k, soltera, contadora general, domiciliada en calle Valdivia número 401 de Yumbel, quien viene en interponer demanda e
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