COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A./INSPECCIÓN PROVINVIAL DEL TRABAJO CONCEPCION
Rol
I-103-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Comparece Marco Rosso Bacovic, abogado, domiciliado en Enrique Mac Iver N°225, piso 20, comuna de Santiago, correo electrónico para ser notificado mrosso@mrosso.cl, luisvillavicencio@mrosso.cl, nquintanilla@mrosso.cl, ivalenzuela@mrosso.cl y arobert@mrosso.cl, en representación convencional de COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A., antes Compañía de Seguros Corpvida S.A. R.U.T N°96.571.890-7, de su mismo domicilio y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 503 y siguientes del Código del Trabajo, interpone reclamación judicial en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, representada por su Jefa, Carmen Gloria Araneda Escobar, ambas domiciliados en Castellón N°435, Piso 4°, Concepción, a fin que se deje sin efecto la multa N°7935/22/15-2 dictada por fiscalizadora de la Inspección Provincial del Trabajo de Concepción, o en subsidio sea rebajada, sobre la base de los argumentos que más adelante se exponen. La reclamada INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, asesorada por el abogado Alberto Silva Rebolledo, ambos domiciliados en Castellón N°435, Piso 4°, Concepción, correo electrónico para ser notificado asilvar@dt.gob.cl, contestó la demanda, solicitando el rechazo de la acción en todas sus partes, con costas, según argumentos que se expondrán. Se llevó a efecto la audiencia preparatoria por vía telemática el día 2 de septiembre de 2022, a la cual comparecen las partes. En ella se proponen bases para una conciliación que fue rechazada. Existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se recibió a prueba la causa, ofreciéndose las probanzas a incorporar en la audiencia de juicio. Se desarrolló la audiencia de juicio el día 14 de octubre de 2022, por plataforma virtual, en presencia de ambas partes. En ella se incorpora legalmente las probanzas previamente ofrecidas, testigos declaran vía telemática en dependencias ajenas al tribunal, por acuerdo de las partes. Finalizada la incorporación de las pruebas, los apod
Fundamentos
CONSIDERANDO: Discusión PRIMERO: Demanda. Que COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A., antes Compañía de Seguros Corpvida S.A. interpone reclamación judicial contra la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, ya individualizados, fundado en los siguientes antecedentes de hecho y derecho: La multa. Por resolución de multa N°7935/22/15-2, se sanciona a la actora por “No exhibir toda la documentación necesaria para efectuar las labores de fiscalización”, estimándose infringidos los artículos 31 y 32 del Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. La multa fue cursada por la suma de 26,73 IMM, equivalentes a $6.547.354 a esa fecha. La fiscalizadora se presentó en dependencias de la reclamante, ubicadas en Caupolicán N°242, comuna de Concepción, el viernes 24 de junio a las 13:00 horas, solicitando le fuera exhibida una serie de documentos para proceder a la fiscalización. Se le explicó que los trabajadores y el personal que la estaba atendiendo, terminaban su jornada los días viernes a las 14:00 horas, de manera que no era posible contar con la documentación requerida en dicho momento. La fiscalizadora completa Acta de Notificación de Requerimiento de Documentación y Citación, requiriendo enviar por correo electrónico, a más tardar a las 13:20 horas del día martes 28 de junio (día hábil siguiente, ya que el lunes era feriado) antecedentes de 10 trabajadores que individualiza en la resolución de multa. Requerimiento de información. La letra de la fiscalizadora es de difícil comprensión y utiliza abreviaturas que lo dificultaba más, no obstante, el personal de la sucursal ese mismo día a eso de las 13:34 horas envió un correo electrónico a Recursos Humanos de Santiago, informando el requerimiento. Karen Pérez Reyes, Jefa de Relaciones Laborales envía la información requerida mediante correo despachado el martes 28 de junio a las 13:24 horas a la dirección indicada, correo del que la fiscalizadora acusa recibo a las 13:32 señalando que falta información de riesgos laborales (covid). La actora entendió que la fiscalizadora había recibido a bien la información aportada y en particular lo que se refiere a riesgos laborales, no obstante, se le estaba pidiendo complementar con los riesgos específicos relativos al virus Covid-19, que no habían sido solicitados de manera específica. Minutos más tarde a las 13:41, la fiscalizadora envía a la Jefa de Relaciones Laborales un segundo correo electrónico, indicando que los comprobantes de remuneraciones no consignan respecto de aquellos trabajadores con remuneración variable, el detalle de cómo se calculan las remuneraciones (respecto de las comisiones y bonos). Recibido este correo electrónico y, sin que la fiscalizadora estableciera nuevo plazo para su cumplimiento, el personal se puso a recabar la información solicitada, la que se remite a través de correo de 17:12 del mismo día 28 de junio. En respuesta la fiscalizadora se limitó a señalar que había cerrado el proces
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 420 y 425 a 458. 503 y siguiente del Código del Trabajo, artículos 158 y 160 del Código de Procedimiento Civil, artículo 1545 y 1698 del Código Civil, Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se declara: Que HA LUGAR, sin costas, a la reclamación de multa administrativa deducida por el abogado Marco Rosso Bacovic, en representación convencional de COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A. contra la Resolución N°7935/22/15 de 28 de junio de 2022, dictada por la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, representada por Carmen Gloria Araneda Escobar, Inspectora Provincial del Trabajo, ya individualizados, dejándose sin efecto la multa de 26.73 IMM, individualizada como N°2 en la Resolución sancionadora. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. RIT RUC 22-4-0416105-2 Dictada por JOSÉ GABRIEL HERNÁNDEZ SILVA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. 12
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Concepción, a veintiocho de octubre de dos mil veintidós VISTO: Comparece Marco Rosso Bacovic, abogado, domiciliado en Enrique Mac Iver N°225, piso 20, comuna de Santiago, correo electrónico para ser notificado mrosso@mrosso.cl, luisvillavicencio@mrosso.cl, nquintanilla@mrosso.cl, ivalenzuela@mrosso.cl y arobert@mrosso.cl, en representación convencional de COMPAÑÍA DE SEGUROS CONFUTURO S.A., antes
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