Juzgado de Garantía de Villa Alemana

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ VALESKA DE LAS MERCEDES ROJAS ROJAS

Rol

O-1984-2024

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de VALESKA DE LAS MERCEDES ROJAS ROJAS, quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: “Los hechos son que el 2 de octubre del año 2024, cerca de las 21.30 horas, Valesca Rojas Rojas y Priscila Chacoff Vargas se encontraban en el domicilio de Llanos de Challes, 2142 Villa Alemana, y luego de una discusión procedieron a agredirse mutuamente, ocasionándose lesiones menos graves, que son la siguiente. Valesca Rojas Rojas resultó con protuberancia en la región frontal, dolor a la respiración en región occipital, aumento de volumen antebrazo izquierdo, con dolor a la palpación y movilización del codo izquierdo. Y doña Priscila Chacoff Vargas resultó con aumento de volumen dorso mano derecha, equimosis, dolor a la palpación del quinto metatarsiano, sin crípito óseo, EEII, sin equimosis y sin lesiones en piel. Como hemos dicho, todas lesiones de mediana gravedad”. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en Código: FXZXXUDVSTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que

Fallo

por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I.- Que se absuelve a VALESKA DE LAS MERCEDES ROJAS ROJAS. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito las víctimas. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto todas las medidas cautelares. Oficiese. ARCHÍVESE POR AFINADA Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: FXZXXUDVSTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: FXZXXUDVSTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-15T15:19:46-0400

Texto Completo (Preview)

C/ VALESKA DE LAS MERCEDES ROJAS ROJAS. DELITO: LESIONES MENOS GRAVES. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. ROL ÚNICO: 2401184285-9. ROL INTERNO: 1984-2024. ____________________________________ Villa Alemana, quince de mayo de dos mil veinticinco.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra d

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