7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ BRUNO DIEGO MELLADO MOLINA

Rol

O-7127-2024

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a BRUNO DIEGO MELLADO MOLINA, chileno, ya individualizado, en calidad de AUTOR de un delito TRÁFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación con el artículo 1° de la Ley N° 20.000, en grado de desarrollo consumado, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 17 de junio de 2024, a sufrir las siguientes penas: -61 DIAS DE PRESIDIO MENOR GRADO MÍNIMO, MULTA DE 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos mientras dure la condena, de conformidad al artículo 30 del Código Penal. II.- En cuanto a la forma de cumplimiento, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del CRS respectivo por el plazo de 1 año, debiendo cumplir con las condiciones legales del artículo 5 de la Ley. Si la pena le fuere revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegramente la pena originalmente impuesta o en su lugar se le reemplazará por una de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En el evento que tenga que cumplir la pena en forma efectiva, no mantiene abonos que considerar. III. En cuanto a la pena pecuniaria, se tiene por cumplida con el día que permaneció privada de libertad en la presente causa correspondiente al día 18 de junio de

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN AZÓCAR CARMONA RUC: 2400697128-4 RIT: 7127-2024 IMPUTADO BRUNO DIEGO MELLADO MOLINA C.I. 20.780.062-7 FECHA DE NACIMIENTO 14/06/2001 DIRECCION Pedro Torres N° 1245 COMUNA: Ñuñoa DELITO Tráfico de pequeñas cantidades d

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