ANTOFAGASTA MINERALS S.A.
Rol
V-422-2021
Fecha
4 de noviembre de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 01 de Julio de 2021, Juan Esteban Poblete Newman, chileno, Cédula de Identidad N° 10.742.018-5, casado, abogado, en representación, según se acredita en autos de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, R.U.T. N° 93.920.000-2, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 4001, Piso 18, comuna de Las Condes, Santiago, solicitó el pedimento de la concesión de exploración denominada “AMANDA II 11”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta. SEGUNDO: Que con fecha 13 de Julio de 2021, el pedimento fue inscrito a fjs. 4.033, bajo el Nº 2.112 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2021.- TERCERO: Que con fecha 26 de Julio de 2021, se publicó la inscripción del pedimento en el boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Ord. Nº 7.337 de fecha 26 de Octubre de 2021, agregado en folio 9, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión Foja: 1 se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes. QUINTO: Que las coordenadas U. T. M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.380.750,00 387.500,00 V1 7.382.250,00 387.000,00 V2 7.382.250,00 388.000,00 V3 7.379.250,00 388.000,00 V4 7.379.250,00 387.000,00 SEXTO: Que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos: R E S U E L V O: Se aprueba el plano y queda constituida la concesión de exploración denominada “AMANDA II 11”, con una superficie de 300 hectáreas, a favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, solicitada en su representación por Juan Esteban Poblete Newman, ambos ya individualizados. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase y archívese en conformidad a la Ley. De conformidad con el protocolo de implementación de plan piloto vigente desde el 01 de Enero de 2021, dispuesto en Acta de Pleno N°275 de fecha 14 de Diciembre de 2020, y Acta de Pleno N° 84, de fecha 29 de Marzo de 2021, ambas de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, remítase Foja: 1 por el Tribunal, en formato PDF, a petición de la interesada, copia autorizada de esta sentencia, conjuntamente con el certificado de ejecutoria y plano aprobado al SERNAGEOMIN y Conservador de Minas de esta ciudad, a los correos electrónicos implementados por ambas instituciones para el efecto, debiéndose certificar tal circunstancia, una vez cumplido este trámite. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese y notifíquese.- Dictada por Macarena Muñoz Valenzuela, Juez Suplente. Este documento tiene firma electrónica y
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Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-422-2021 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A AUTOS : 27.10.2021 Antofagasta, cuatro de Noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 01 de Julio de 2021, Juan Esteban Poblete Newman, chileno, Cédula de Identidad N° 10.742.018-5, casado, abogad
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