SMT S.A/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE QUELLON
Rol
I-36-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos a probar los siguientes: Efectividad que la resolución reclamada adolece de errores de hecho y de derecho; Fecha de presentación de la reconsideración administrativa, y fecha de la corrección del hecho infraccional respecto de la multa número dos. QUINTO: Que la parte reclamante incorporó en juicio la siguiente prueba documental: Formulario N°10 de solicitud de recurso administrativo; Recurso de Reconsideración Administrativa interpuesta contra la Resolución de Multa N° 1718/22/37; Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Servicios Marítimos y Transportes S.A.; Registro del Reglamento antes señalado en la Dirección del Trabajo; Multa N°1718/22/37; Copia de Correo Electrónico enviado por Directemar de 17 de junio de 2022 a diversas flotas y navieras; Oficio Ordinario N°3280-93 del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo que se refiere al Contrato de Embarco; Contrato de embarco de fecha 12 de abril de 2022 de la nave Canadelo; Correo electrónico de fecha 23 de junio de 2022, mediante el cual se presentó el recurso administrativo. SEXTO: Que la parte reclamada incorporó en juicio la siguiente prueba documental: Caratula de informe de fiscalización; Informe de fiscalización; Notificación y Resolución de multa N°1718/22/37; Activación de fiscalización; Notificación de inicio de fiscalización; Antecedentes verificados en la fiscalización; FI-16 Condiciones de seguridad y salud básicas en los lugares de trabajo; Contrato de embarque de mixto; Formulario de recepción y despacho de naves; Contrato de trabajo de fecha 12.06.2012 del trabajador Luis Veli; Contrato de trabajo de fecha 07.12.2021 del trabajador Miguel Jara; Contrato de trabajo de fecha 25.11.2021 del trabajador Juan Godoy; Contrato de trabajo de fecha 20.04.2022 del trabajador Maycol Urbina; Contrato de trabajo de fecha 07.03.2022 del trabajador Juan Ahumada; Solicitud de recurso administrativo; Escrito de reconsideración administrativa; Correo electrónico enviado por la Directemar e
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT I-36-2022, RUC 22-4-0425782-3, procedimiento monitorio de reclamación de multa administrativa y comparece SERVICIOS MARÍTIMOS Y TRANSPORTES S.A. RUT N° 76.161.234-4, ambos domiciliados para estos efectos en Bernardino 1990, Parque Industrial San Andrés, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, quien viene en reclamar judicialmente en contra de don Victor Antonio Nova Ule, en su calidad de Jefe de la INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE QUELLON, con el objeto que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°1016-3481/2022, que resolvió la Reconsideración Administrativa N° 1718/2022/037-1-2, para que en definitiva se deje sin efecto lsa multas pimpouestas o se rebajen al maximo, con costas. En cuanto a la primera multa reclamada, esta se cursa por que los contrato de embarque no contenia las estipulaciones conforme al artículo 103 inciso 1° del Código del Trabajo (modificado por la ley 21.376). En esa oportunidad, el fiscalizador no entendió que conforme al artículo 98 del Código del Trabajo, los contratos de embarco deben ser autorizados en la Capitanía de Puerto en el litoral y son enviados mediante un “modelo de contrato” a DIRECTEMAR, para poder alinear a todo el gremio y poder cumplir con las normativas. Recién el 17 de junio de 2022, según se acreditará, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante envió un correo a todas las navieras y flotas registradas, informando de los cambios en la normativa e indicando que no visarán aquellos contratos de embarco que no cumplan con lo dispuesto en el nuevo artículo 103 del Código del Trabajo. Existe en este caso, un evidente error de hecho en la fiscalización, toda vez que no era exigible dicha obligación mientras la Autoridad Marítima no visara los contratos de embarco. Respecto de la segunda multa, se cursa porque no habría contado con un Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, que consignara los diversos cargos o funciones existentes en la empresa y sus características esenciales. Por un error de coordinación, el Reglamento entregado no era el que está vigente en la empresa. Lo anterior, pudo haber sido fácilmente constatado y contrastado por la autoridad fiscalizadora, toda vez que existe un registro en la Dirección del Trabajo con el RIOHS que se encuentra vigente desde el 16 de junio de 2021. Existe un evidente error de hecho, habiendo podido cotejar el fiscalizador a través de las bases de la Dirección del Trabajo, que el RIOHS que se encontraba vigente era otro o bien, habiendo dado un plazo razonable para demostrar que existía uno que si contenía las cláusulas de cargos y funciones de los trabajadores. SEGUNDO: Que habiéndose efectuado el correspondiente llamado a conciliación, este se da por frustrado. TERCERO: Que en la contestación de la reclamación la parte demandada solicita el rechazo de la misma en todas sus partes con costas. Refiere que en prime
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE RECHAZA, el reclamo de multa administrativa deducida por SERVICIOS MARÍTIMOS Y TRANSPORTES S.A. en contra de la INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE QUELLON, todos previamente individualizados. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese. RIT I-36-2022 RUC 22-4-0425782-3 Pronunciada por doña CAROLINA EMILIA PARDO LOBOS, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Castro.
Texto Completo (Preview)
Castro, veintiocho de octubre de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Tribunal de Letras del Trabajo de Castro, se ha dado inicio a la causa RIT I-36-2022, RUC 22-4-0425782-3, procedimiento monitorio de reclamación de multa administrativa y comparece SERVICIOS MARÍTIMOS Y TRANSPORTES S.A. RUT N° 76.161.234-4, ambos domiciliados para estos efectos en Bernardino 1
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica