Juzgado de Garantía de Talca

JUAN ALEJANDRO GUENTELICAN CARCAMO C/ FERNANDO JOSÉ OÑATE PEZOA

Rol

O-4705-2023

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO además lo dispuestos por los Art. 1, 7, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; Artículos 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 18.290 SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a FERNANDO JOSÉ OÑATE PEZOA , cédula de identidad número 0020564160-2 ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de DOS Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de la Licencia de Conducir por DOS AÑOS; como autor, del delito de CONDUCIR VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD cometido el 04 de marzo del año 2023, en Rio Claro .- II. Reuniéndose los requisitos que establece el Art. 4 de la Ley 18.216, se le concede el beneficio alternativo de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA CORPORAL, quedando sujeto a la vigilancia y observación de la Sección Tratamiento en el Medio Libre de Gendarmería por el lapso de UN AÑO, con las demás exigencias legales y reglamentarias. III. Sino no pagare la multa, se aplicará lo dispuesto por el Art. 49 del Código Penal, concediéndose para el pago el término de 4 meses, debiendo enterar a continuación del que quede ejecutoriada esta sentencia, el equivalente a media Unidad Tributaria Mensual.- IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa.- Cúmplase con el Art. 468 del Código Procesal Penal. Comuníquese al Registro Nacional de Conductores de vehículos motorizados.- Código: VJJJXUKRQHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE y ARCHÍVESE. RENUNCIA A LOS TÉRMINOS LEGALES El Ministerio Público y la defensa renuncian a los recursos legales, la sentencia queda firme y ejecutoriada. El condenado debe presentarse al Centro de Reinserción Social DE TALCA, el día 19-05-2025 en horas de la mañana. Ofíciese al Ministerio Público para que dentro de 5 días remita la licencia de conducir del condenado

Fallo

Por estas consideraciones y VISTO además lo dispuestos por los Art. 1, 7, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; Artículos 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216, Ley 18.290 SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a FERNANDO JOSÉ OÑATE PEZOA , cédula de identidad número 0020564160-2 ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS de prisión en su grado máximo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de DOS Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de la Licencia de Conducir por DOS AÑOS; como autor, del delito de CONDUCIR VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD cometido el 04 de marzo del año 2023, en Rio Claro .- II. Reuniéndose los requisitos que establece el Art. 4 de la Ley 18.216, se le concede el beneficio alternativo de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA CORPORAL, quedando sujeto a la vigilancia y observación de la Sección Tratamiento en el Medio Libre de Gendarmería por el lapso de UN AÑO, con las demás exigencias legales y reglamentarias. III. Sino no pagare la multa, se aplicará lo dispuesto por el Art. 49 del Código Penal, concediéndose para el pago el término de 4 meses, debiendo enterar a continuación del que quede ejecutoriada esta sentencia, el equivalente a media Unidad Tributaria Mensual.- IV. Que se le exime del pago de las costas de la causa.- Cúmplase con el Art. 468 del Código Procesal Penal. Comuníquese al Registro Nacional de Conductores de vehículos moto

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Talca., trece de mayo de dos mil veinticinco Magistrado MARTA BENITA ASIAIN MADARIAGA Fiscal JOSE VARELA POR RODRIGO MORENO BRAVO Defensor EUGENIO FRANCISCO PRIETO ARAYA POR SEBASTIÁN IGNACIO CARRAZANA GÁLVEZ Hora inicio 09:12AM Hora termino 09:35AM Sala PRIMERA SALA audios 3 y 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca Acta plc. R

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