Juzgado de Garantía de La Calera

MP C/ DIEGO ALCIDES OLGUÍN PRADO

Rol

O-174-2025

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que el día 20 de enero de 2025 alrededor de las 17:00 horas, en circunstancias de que personal policial se encontraba realizando control selectivo vehicular en ruta 5 Norte altura KM. 121 de la comuna de Nogales, es fiscalizado el camión placa patente única CRPX-11, el cual era conducido por el requerido don Diego Alcides Olguín Prado, quien al solicitarle la documentación del vehículo como documento de licencia de conducir, este manifiesta no portar licencia y al corroborar los datos, personal de carabineros se puede dar cuenta de que el requerido conducía con licencia clase B y D, no contando con licencia profesional requerida para manejar el camión fiscalizado. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. Y visto además lo dispuesto en los artículos 196 de la Ley 18.290; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al requerido DIEGO ALCIDES OLGUÍN PRADO, Cédula Identidad N° 0018287437-K, ya individualizado, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin la licencia profesional debida, supuestamente perpetrado con fecha 20 de enero de 2025, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Código: YPXTXUDRMPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 174 - 2025 RUC: 2500094807-4 PRONUNCIADA POR ROBERTO PABLO LIZANA M

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al requerido DIEGO ALCIDES OLGUÍN PRADO, Cédula Identidad N° 0018287437-K, ya individualizado, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin la licencia profesional debida, supuestamente perpetrado con fecha 20 de enero de 2025, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Código: YPXTXUDRMPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 174 - 2025 RUC: 2500094807-4 PRONUNCIADA POR ROBERTO PABLO LIZANA MORA, JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE LA CALERA. HCD. Código: YPXTXUDRMPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-15T12:09:13-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO La Calera, trece de mayo de dos mil veinticinco. Hechos: Que el día 20 de enero de 2025 alrededor de las 17:00 horas, en circunstancias de que personal policial se encontraba realizando control selectivo vehicular en ruta 5 Norte altura KM. 121 de la comuna de Nogales, es fiscalizado el camión placa patente única CRPX-11, el cual era conducido por el requer

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