Juzgado de Letras y Garantía de Cisnes

RUBEN HORACIO MARTIN MARTIN C/ SERGIO EMIR OYARZO PERANCHIGUAY

Rol

O-284-2024

Fecha

12 de mayo de 2025

Materia

USURPAR U OCUPAR INMUEBLE SIN VIOLENCIA Y SIN DAÑOS ART. 458

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El Fisco de Chile, Ministerio de Bienes Nacionales es dueño de un predio ubicado en la ciudad de Melinka, denominado como "Cerro Mirador", de una superficie de has. inscrito a FOJAS N° año del conservador de Bienes Raíces de Puerto Cisnes con los siguientes datos, NORTE terreno fiscal, en línea quebrada imaginaria, comprendida entre los puntos a-b y línea recta imaginaria comprendida entre los puntos h-¡; y CErro Mirador, en línea quebrada imaginaria, comprendida entre los puntos j-k, ESTE aeródromo Melinka, en línea recta comprendida entre los puntos b- c, separado por cerco; y Cerro Mirador, en línea quebrada imaginaria, comprendida entre los puntos i-j, SUR terreno fiscal, en línea recta imaginaria, comprendida entre los puntos c-d y f- g; equipamiento religioso, en línea recta imaginaria, comprendida entre los puntos e-f; y Cerro Mirador, en línea recta imaginaria, comprendida entre los puntos -m; OESTE equipamiento religioso, en línea recta imaginaria, comprendida entre los puntos d-e; terreno fiscal, en línea recta imaginaria, comprendida entre los puntos g-h y m- a; y Cerro Mirador, en línea recta imaginaria, comprendida entre los puntos k- Mediante resolución exenta N° E- de de marzo de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Aysén, modificada mediante resolución exenta N° de 3 de mayo de concede a la Municipalidad de Las Guaitecas, por cinco años, el uso gratuito del terreno fiscal de 3 has. La concesión otorgada por el R DE CHILE- Ministerio de Bienes Nacionales, tuvo por objeto la ejecución del proyecto "Mirador Cerro Antena", consistente en la mejora de rutas, senderos, construcción de miradores y letreros informativos, logrando generar un espacio comunitario óptimo que promueva actividades recreativas, de Código: JXXEXUWYXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl esparcimiento y familiares como, asimismo, incentivar el desarrollo turístico de la localid

Fundamentos

motivos íntegramente consignados en el registro de audio de esta fecha de conformidad a lo dispuesto por el artículo del Código Procesal Penal transcribiéndose solamente lo resolutivo de la sentencia, según lo prescrito por el artículo del Acta - de la Excelentísima Corte Suprema:

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por los artículos º, ° N° º Nº Nº y del Código Penal artículos 3 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ALDO ARCENIO CADIN VILLACEN, cédula nacional de identidad Nº 3 - , ya individualizado, a la pena de MULTA de MEDIA unidad tributaria mensual, como autor del delito de usurpación no violenta, ilícito previsto y sancionado en el artículo del Código Penal, por los hechos perpetrados en el predio Fiscal ubicado en cerro Mirador de la localidad de Melinka entre los meses de septiembre y octubre del año en grado de desarrollo consumado. La multa deberá ser pagada a más tardar el día 3 de junio del presente año, mediante comprobante de pago en Tesorería Municipal. Si el condenado no satisficiere la pena de multa sufrirá por vía de sustitución y apremio la de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad Código: JXXEXUWYXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tributaria mensual, sin que pueda exceder de tres meses, sirviéndole de abono un día por haber permanecido privado de libertad en la presente causa. II.- Se exime al requerido del pago de las costas de la causa, atendido a lo dispuesto en el artículo del Código Orgánico de Tribunales en relación al artículo 3 de la Ley N° En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo del Código Procesal Penal. Regístrese, otórguese copia y en su oportunidad

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Procedimiento: Simplificado RUC Nº: - RIT Nº: – Delito: USURPACION NO VIOLENTA Sentenciado: ALDO ARCENIO CADIN VILLACEN RESUMEN DE LA AUDIENCIA Fecha de mayo de Tribunal Juzgado de Garantía de Cisnes Juez Fernando Abelino Acuña Gutiérrez Fiscal Pedro Emilio Poblete Viejo Defensor Jorge Moraga Torres Imputado Aldo Arcenio Cadin Villacen Transcriptor del acta Hugo Garabito Altamirano Hechos El Fisco

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