2º Juzgado de Letras de Coronel

CONSORCIO EOLICO STA MARIA SPA Y OTROS/

Rol

V-15-2019

Fecha

30 de octubre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, el 6 de febrero de 2019, se presenta doña AÍDA LORETO RETAMAL ZÚÑIGA, chilena, abogada, en representación de CONSORCIO EÓLICO SANTA MARÍA SPA, del giro de su denominación, Rut 76.250.021-3, ambos domiciliados en calle O’higgins Nº940, Edificio del Pacífico, expone: Que, desea constituir en la provincia de Concepción, una CONCESIÓN MINERA DE EXPLORACIÓN, sobre terreno abierto e inculto, denominado “SANTAMARÍA 2” y se ubica en la comuna de Coronel, y sus coordenadas UTM, referidas al Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Elipsoide Internacional 1924, Huso 18, son: Norte 5.904.450,00 metros y Este 630.900,00 metros. La superficie de la cara superior es de 200 hectáreas y conforman un cuadrángulo de 1.000 metros de norte a sur UTM, por 2.000 metros de Este a Oeste UTM. En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículo 43 y 46 del Código de Minería, pide tener por presentado el Pedimento Minero, acogerlo a tramitación, disponer su inscripción y publicación, y dándose las copias autorizadas correspondientes, de acuerdo a la ley. Con fecha 7 de febrero de 2019, se pidió publicar e inscribir el Pedimento Minero. A folio 4, la solicitante acompañó la publicación requerida, la cual se llevó a efecto con fecha 15 de febrero de 2019 en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.292 del Diario Oficial. C Con fecha 19 de febrero de 2019, se inscribió el Pedimento en el Registro de Descubrimientos de Minas del mismo año, en el Conservador de Minas de Coronel, acompañado a fojas 4. En fojas 4, además se acompañó los comprobantes de pago de la patente proporcional y la tasa de pedimento. En fojas 24 con fecha 2 de mayo de 2019, informó el Director Regional Zona Sur, del Servicio Nacional de Geología y de Minería, que los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada, se

Fallo

En mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículo 43 y 46 del Código de Minería, pide tener por presentado el Pedimento Minero, acogerlo a tramitación, disponer su inscripción y publicación, y dándose las copias autorizadas correspondientes, de acuerdo a la ley. Con fecha 7 de febrero de 2019, se pidió publicar e inscribir el Pedimento Minero. A folio 4, la solicitante acompañó la publicación requerida, la cual se llevó a efecto con fecha 15 de febrero de 2019 en el Boletín Oficial de Minería Nº 42.292 del Diario Oficial. C Con fecha 19 de febrero de 2019, se inscribió el Pedimento en el Registro de Descubrimientos de Minas del mismo año, en el Conservador de Minas de Coronel, acompañado a fojas 4. En fojas 4, además se acompañó los comprobantes de pago de la patente proporcional y la tasa de pedimento. En fojas 24 con fecha 2 de mayo de 2019, informó el Director Regional Zona Sur, del Servicio Nacional de Geología y de Minería, que los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada, se ajustan a la ley y quedan comprendidas en el terreno pedido. Con fecha 27 de abril de 2021, a folio 15, se remite plano en triplicado, al Servicio Nacional de Geología y Minería para su timbraje y validación. A folio 16, con fecha 29 de junio de 2021, se recibe plano con las respectivas validaciones y

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Coronelº CAUSA ROL : V-15-2019 CARATULADO : CONSORCIO EOLICO STA MARIA SPA Y OTROS/ Coronel, treinta de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS: A folio 1, el 6 de febrero de 2019, se presenta doña AÍDA LORETO RETAMAL ZÚÑIGA, chilena, abogada, en representación de CONSORCIO EÓLICO SANTA MARÍA SPA, del giro de su denominación, Rut 76.250.

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