Juzgado de Garantía de Parral

CARABINEROS DE PARRAL C/ JORGE ALBERTO CASTRO FIGUEROA

Rol

O-815-2025

Fecha

10 de mayo de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El día 09/05/2025 aproximadamente a las 17:20 don Jorge Castro Figueroa ingresó a la tienda Family Shop de Parral ubicada en calle Aníbal Pinto 386 con la finalidad de sustraer especies de la tienda comercial para ello se dirigió a los diversos anaqueles de ropa de mujer sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño aproximadamente 11 de polerones de mujer de distintas marcas y colores avaluados en total en 156.850 pesos, luego de ello traspasó el lineal de caja y las medidas de seguridad de la tienda sin pagar estos productos y fue detenido por carabineros portando las especies sustraídas en la vía pública. La tienda Family Shop está representada por su administradora Claudia Marín Villalobos PARRAL, diez de mayo de dos mil veinticinco. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 30, 67, 70, 446 N° 3 del Código Penal; 388 y siguiente del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a JORGE ALBERTO CASTRO FIGUEROA, cédula de identidad 0017352753-5, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 09/05/2025, como AUTOR del delito de Hurto simple por un valor de 4 a 40 utm., en perjuicio de FAMILY SHOP, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN SU GRADO MÁXIMO, multa de 1/3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena II.- Que la pena privativa de libertad deberá ser cumplida de manera efectiva por no cumplir requisitos de la Ley 18.216 para optar a pena sustitutiva Código: HUDXUJXVCM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, se da por cumplida la pena de multa, por el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa, del 09/05/2025 al 10/05/2025 IV.- Que no se condena en costas. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Códi

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 30, 67, 70, 446 N° 3 del Código Penal; 388 y siguiente del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se condena a JORGE ALBERTO CASTRO FIGUEROA, cédula de identidad 0017352753-5, por los hechos cometidos dentro del territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 09/05/2025, como AUTOR del delito de Hurto simple por un valor de 4 a 40 utm., en perjuicio de FAMILY SHOP, en grado de desarrollo consumado, a sufrir la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN SU GRADO MÁXIMO, multa de 1/3 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena II.- Que la pena privativa de libertad deberá ser cumplida de manera efectiva por no cumplir requisitos de la Ley 18.216 para optar a pena sustitutiva Código: HUDXUJXVCM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, se da por cumplida la pena de multa, por el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa, del 09/05/2025 al 10/05/2025 IV.- Que no se condena en costas. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese la sentencia. RIT Nº 815 - 2025 RUC Nº 2500642213-9 Dictada por PABLO DIONISIO RAMOS ABARZUA, Juez Subrogante del Juzgado de Garantía de Parral. SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PRESENTE SENTENCIA FUE DICTADA ORALMENTE EN AUDIENCIA DE ESTA MISMA F

Texto Completo (Preview)

RUC N° : 2500642213-9 RIT N° : 815 - 2025 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : Hurto simple por un valor de 4 a 40 utm.. IMPUTADO : JORGE ALBERTO CASTRO FIGUEROA. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0017352753-5 DOMICILIO : Población Nueva Río Viejo, Janequeo N° 205, Chillán CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: ATENUENTES : 11 N° 9 AGRAVANTES : 12 N° 16 FISCAL : ALVARO IGNACIO MUÑOZ BERRIOS DEFENSOR : DIDIER TORRES

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