DÍAZ/CORPORACION MUNICIPAL DE SERVICIOS Y DESARROLLO DE MAIPU
Rol
O-3338-2022
Fecha
26 de octubre de 2022
Materia
Bonos, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 54, 161, 162, 168, 453 y 454 del Código del trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda presentada por doña MARTA PAOLA DIAZ CÁRCAMO, Rut: 11.878.892-3, en contra de la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS Y DESARROLLO DE MAIPÚ Rut: 71.309.800-0, y en consecuencia se declara que el despido del que fue objeto la trabajadora es improcedente, y en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $1.473.258, por concepto de recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio; b. $883.766, por concepto de restitución efectuado por el empleador al fondo de cesantía; c. Bono de antigüedad sindical por $1.630.833; II. Se acoge la acción de nulidad del despido, no habiéndose acreditado el pago de las cotizaciones derivadas del bono de antigüedad sindical y en consecuencia la parte demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones entre la fecha del despido, de la separación de 30 de 2022 y hasta la fecha de la convalidación, en razón del bono pendiente ascendente a $1.630.833. III. Que las sumas ordenadas pagar precedentemente lo deberán ser con los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del trabajo. IV. Cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió don NICOLAS HUMERES GUAJARDO, Juez Titular (D) del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintidós.
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda presentada por doña MARTA PAOLA DIAZ CÁRCAMO, Rut: 11.878.892-3, en contra de la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE SERVICIOS Y DESARROLLO DE MAIPÚ Rut: 71.309.800-0, y en consecuencia se declara que el despido del que fue objeto la trabajadora es improcedente, y en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $1.473.258, por concepto de recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio; b. $883.766, por concepto de restitución efectuado por el empleador al fondo de cesantía; c. Bono de antigüedad sindical por $1.630.833; II. Se acoge la acción de nulidad del despido, no habiéndose acreditado el pago de las cotizaciones derivadas del bono de antigüedad sindical y en consecuencia la parte demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones entre la fecha del despido, de la separación de 30 de 2022 y hasta la fecha de la convalidación, en razón del bono pendiente ascendente a $1.630.833. III. Que las sumas ordenadas pagar precedentemente lo deberán ser con los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del trabajo. IV. Cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió don NICOLAS HUMERES GUAJARDO, Juez Titular (D) del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de l
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 22-4-0404979-1 RIT O-3338-2022 SALA 1 (Sala virtual) MAGISTRADO NICOLAS HUMERES GUAJARDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN PANES GARRIDO HORA DE INICIO 11.23 HORAS HORA DE TERMINO 14.27 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240404979-
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