Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó

GASTON ANTONIO CANALES TRONCOSO C/ LUIS MAIKOL ECHEVERRÍA VALENZUELA

Rol

O-225-2024

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: El treinta de abril de dos mil veinticinco, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, presidida por la magistrada Paulina Rodríguez Rodríguez e integrada por los jueces Rodrigo Gómez Marambio y Jimena Orellana Fuenzalida, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de LUIS MAIKOL ECHEVERRÍA VALENZUELA, cédula nacional de identidad N°17.846.347-0, nacido en Yumbel el 1 se septiembre de 1991, 33 años de edad, soltero, trabaja haciendo ladrillos, domiciliado en comuna de Cabrero, Monte Águila, Villa Las Mercedes calle Ramón Freire número 632. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público representado por la fiscala Marcela Rocha Mella. La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Privado Edgard Carlsoon Sepúlveda.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de acuerdo con el auto de apertura de juicio oral, la acusación fiscal versa sobre el siguiente hecho y circunstancias: “El 07 de febrero de 2019 los imputados cobraron en diversas sucursales de la ciudad de Curicó un total de 08 cheques de las cuentas corrientes que se indicarán del afectado don Gastón Canales Troncoso, cheques que le habían sido sustraídos al afectado y llenados y firmados por terceras personas no autorizadas,

Fallo

por tanto, falsos. De la Cuenta Corriente 73716314 del Banco Santander fueron cobrados los siguientes cheques: SERIE 12 por $ 980.000 cobrado por ECHEVERRIA VALENZUELA SERIE 14 por $ 1.000.000 por ECHEVERRIA VALENZUELA SERIE 16 por $ 1.000.000 cobrado por AEDO ARANGUIZ SERIE 18 por $ 1.000.000 cobrado por AEDO ARANGUIZ SERIE 21 por $ 985.000 cobrado por ECHEVERRIA VALENZUELA SERIE 23 por $ 1.000.000 cobrado por AEDO ARANGUIZ, y De la cuenta corriente del Banco de Chile número 2201071507 fueron cobrados los siguientes cheques: SERIE 4656382 por $1.000.000 cobrado por AEDO ARANGUIZ SERIE 4656384 por $985.000, cobrado por ECHEVERRIA VALENZUELA SERIE 23 por $ 1.000.000 cobrado por AEDO ARANGUIZ, y Los cheques fueron cobrados el mismo día en distintas sucursales a fin de no ser descubiertos, lo que obtuvieron, ocasionando el correspondiente perjuicio. CALIFICACIÓN JURÍDICA Los hechos anteriormente descritos, constituyen, a juicio del Ministerio Público, delito de FALSIFICACIÓN Y USO MALICIOSO DE INSTRUMENTO PRIVADO MERCANTIL, previsto en los artículos 198 en relación al 197 y 193 Nº 1 del Código Penal, correspondiéndole a los acusados, participación en calidad de autores del delito en grado de consumado. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL Respecto del acusado LUIS MAIKOL ECHEVERRÍA VALENZUELA para el Ministerio Público concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal agravante del articulo 12 N° 15 del Código penal, esto es, haber sido condenado

Texto Completo (Preview)

RESUMEN Acusado Luis Maykol Echeverría Valenzuela (autor). Delitos Falsificación y uso malicioso de instrumento privado mercantil falso. (Consumados) Decisiinco Absuelto RIT 225-2024 RUC 1900150034-4 Curicó, nueve de mayo de dos mil veinticinco VISTO: El treinta de abril de dos mil veinticinco, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, presidida por la magistrada P

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