Juzgado de Garantía de Valdivia

MARCELO RODOLFO ANDRADES NUÑEZ C/ GERARDO FELIPE ÁVILA AGUILAR

Rol

O-5337-2024

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento, consistentes en los siguientes: Los Hechos: “El día 16 de mayo de 2024, alrededor de las 12.00 horas, en el Complejo Penitenciario ubicado en Avenida Ramón Picarte N. ° 4100, comuna de Valdivia, tras un registro selectivo y al interior del módulo N. ° 01, sector del patio, el requerido GERARDO FELIPE ÁVILA AGUILAR tenía consigo entre sus pertenencias un (01) mini teléfono celular color negro y un (01) chip de la compañía WOM, siendo sorprendido por personal de Gendarmería de Chile”. “Asimismo, en Valdivia, el día 01 de Septiembre de 2024, a las 16:00 horas aproximadamente, personal del Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N°4100, realiza un registro y allanamiento preventivo al interior del módulo N° 01, donde se le encuentran elementos prohibidos reglamentariamente al requerido GERARDO FELIPE AVILA AGUILAR; correspondiente a 01 teléfono celular marca Huawei, color negro, encontrado entre sus pertenencias”. A juicio de la Fiscalía los hechos indicados constituyen el delito en carácter de reiterado de tenencia de elementos tecnológicos en recintos penitenciarios, previsto en el artículo 304 ter del Código Penal, en relación al artículo 351 del código procesal penal, estando consumado y correspondiéndole al requerido participación como autor. Código: VTZJXUXQDSL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Solicita una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, comiso de las especies, sin costas. SEGUNDO: Que al ser consultado el requerido, de conformidad al artículo 395 del Código Procesal Penal, aquél admitió responsabilidad en los hechos. La defensa solicitó en primer término la remisión condicional de la pena, al estimar que cumplen con los requisitos legales y en subsidio la prestación de servicios en beneficios de la comunidad, sin costas del proceso, en ambos casos para ser cu

Fallo

se declara el comiso de las especies incautadas e indicadas en el requerimiento. Visto las anteriores consideraciones y teniendo presente lo previsto en los artículos 1 y siguientes, 11 Nro. 9, 15 Nro. 1, 30 y siguientes, 304 Ter del Código Penal, artículo 351 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley 18.216 y demás normas citadas, SE RESUELVE; I. Que se CONDENA a GERARDO FELIPE AVILA AGUILAR, Cédula Nacional de Identidad N° 16.320.344-8, actualmente recluido en Complejo Penitenciario Valdivia, ubicado en Avenida Picarte N° 4100, Valdivia, apercibido de conformidad al artículo 26 del Código Procesal Penal, como autor del delito consumado en carácter de reiterado, de tenencia de elementos tecnológicos prohibidos en recintos penitenciarios, previsto y sancionado en el artículo 304 ter del Código Penal, en relación al artículo 351 del Código procesal penal, ocurrido en la comuna de Valdivia, los días 16 de mayo y 01 de septiembre de 2024, a sufrir la pena privativa de libertad de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales del artículo 30 del código penal, y comiso de las especies incautadas, sin costas del procedimiento. II. Que, cumpliendo el sentenciado con los requisitos del artículo 11° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de 81 horas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, consistente en la realización de actividades no remuneradas a favor de la colectividad o en beneficio de persona en situación de

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SENTENCIA PROCEDIIENTO SIMPLIFICADO RIT 5337-2024 (causa acumulada 8847-2024) Valdivia, nueve de mayo de dos mil veinticinco.- PRIMERO: Que comparece ante este tribunal el Ministerio Público que presenta requerimiento en procedimiento simplificado en contra de GERARDO FELIPE AVILA AGUILAR, Cédula Nacional de Identidad N° 16.320.344-8, actualmente recluido en Complejo Penitenciario Valdivia, ubicad

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