Juzgado de Garantía de Quillota

MP FISCALIA LOCAL C/ RODRIGO ANDRÉS HENRÍQUEZ CARRASCO

Rol

O-359-2023

Fecha

8 de mayo de 2025

Materia

USURPACION DE NOMBRE.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 07 de febrero de 2023, aproximadamente a las 18.00 horas, el imputado GONZALO FABIAN VASQUEZ AGUILERA, concurrió hasta la inmobiliaria NOVAL, ubicada en calle Sargento Aldea, esquina Galvarino de Quillota, donde dicha inmobiliaria desarrolla un proyecto habitacional, manteniendo diversos materiales de construcción, ingresando el imputado vía escalamiento del cierre perimetral, sustrayendo planchas OSB utilizadas precisamente para formar el cierre, las que apiló a un costado de dicha construcción, siendo observado por testigos quienes llaman a Carabineros, concurriendo al lugar. El imputado al ver la presencia policial huye por dentro del predio de la inmobiliaria con 12 planchas de OSB, siendo detenido. Las especies fueron avaluadas en la suma de 228 mil pesos. Una vez detenido el imputado se identificó como Rodrigo Andres Henriquez Carrasco, lo que reiteró en la audiencia de control de detención efectuada el 8 de febrero de 2023, donde al ser consultada su identidad afirmó ser Rodrigo Andres Henriquez Carrasco, usurpando el nombre de éste, siendo posteriormente establecido que su verdadera identidad correspondía a Gonzalo Fabian Vásquez Aguilera. Se deja constancia que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y visto lo dispuesto en el artículo 1, 3 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que SE ABSUELVE a GONZALO FABIÁN VÁSQUEZ AGUILERA, ya individualizado, de los hechos imputados en el requerimiento presentado por el Ministerio público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio público por haber tenido motivo plausible para litigar. Certifíquese en su oportunidad la circunstancia de encontrarse ejecutoriada esta sentencia, a fin de dar cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Código: KZL

Fallo

se declara: I.- Que SE ABSUELVE a GONZALO FABIÁN VÁSQUEZ AGUILERA, ya individualizado, de los hechos imputados en el requerimiento presentado por el Ministerio público. II.- Que no se condena en costas al Ministerio público por haber tenido motivo plausible para litigar. Certifíquese en su oportunidad la circunstancia de encontrarse ejecutoriada esta sentencia, a fin de dar cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Código: KZLHXUGFYFL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl DICTADA POR DOÑA NANCY AMALIA RIFFO ZUÑIGA, JUEZ DE GARANTÍA TITULAR. CERTIFICADO DE EJECUTORIADO Habiendo las partes renunciado a los plazos legales para interponer recursos, la sentencia queda firme y ejecutoriada. Código: KZLHXUGFYFL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-08T15:45:47-0400

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TRIBUNAL JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA RUC: 2300148223-8 RIT: 359 - 2023 CONDENADO: GONZALO FABIÁN VÁSQUEZ AGUILERA RUN IMPUTADO: DOMICILIO: 0013985894-8 Calle GERMAN RIESCO POBL EL BAJIO Nº536, Quillota. DELITO: USURPACION DE NOMBRE PROCEDIMIENTO JUICIO SIMPLIFICADO Quillota, ocho de mayo de dos mil veinticinco HECHOS: El día 07 de febrero de 2023, aproximadamente a las 18.00 horas, el imputad

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