TRIVENTO SPA/
Rol
V-127-2021
Fecha
28 de octubre de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que a folio 1, con fecha 27 de abril de 2021, se presentó don Sebastián Huidobro Carrere, abogado, en representación, según se acreditará, de TRIVENTO SPA, empresa de giro de asesorías e inversiones financieras, Rut: 76.594.778-2, ambos domiciliados en calle Doctor Manuel Barros Borgoño, N°71, oficina 1702, comuna de Providencia, Santiago, señalando que desea constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 300 hectáreas, concesión de exploración que se denominará “SANTA LUISA 2”. Arguye que el Punto Medio se encuentra ubicado en la comuna de Codegua, provincia de Cachapoal, de la Región del Libertador Gral. Bernardo O´Higgins y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes Norte 6.232.500,00 metros y Este 344.700,00 metros, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Dice que el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros. 2°) Que, según documento acompañado a folio 6, dicho pedimento minero fue inscrito a fs. 348 N° 240 del año 2021, del Conservador de Minas, Registro de Descubrimientos, de Rancagua. 3°) Que, según documento acompañado a folio 6, consta copia íntegra de dicha inscripción, la que fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de Santiago N° 42.963, con fecha 27 de mayo de 2021. 4°) Que, según consta a folio 6, se acompañó Formulario de Pago de Tasa de Concesión Exploración con fecha de pago 27 de mayo de 2021, y formulario de Pago de Patente Proporcional de Concesión de Exploración, con fecha de pago 23 de julio de 2021. 5°) Que, a folio 6, se solicitó sentencia constitutiva, y previamente se ordenó informe del Servicio respectivo. 6°) Que en cumplimiento de lo ordenado por el tribunal, con fecha 25 de agosto de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería informa a folio N° 11, Ord. N° 0858, que los aspectos técnicos se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y está comprendida dentro del terreno pedido. 7°) Que, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidos por la ley. 8°) Que, conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto y quinto del artículo 57 del Código de Minería y atendido a que no hubo observaciones al plano por parte del Servicio Nacional de Geología y Minería, sólo corresponde declarar constituida la concesión. Y, conforme a lo establecido en los artículos 35 a 38, 40, 43, 46 a 52, 55 a 58 y 86 a 90 del Código de Minería,
Fallo
se resuelve: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada “SANTA LUISA 2”, a favor de TRIVENTO SPA, ya individualizado. II.- Que, las coordenadas U.T.M., con precisión de centímetros de los vértices del perímetro de la concesión, son las siguientes: Vértice Norte (metros) Este (metros) Punto Medio 6.232.500,00 344.700,00 Vértice 1 6.233.000,00 343.200,00 Vértice 2 6.233.000,00 346.200,00 Vértice 3 6.232.000,00 346.200,00 Vértice 4 6.232.000,00 343.200,00 III.- Apruébese el plano de la concesión de exploración “SANTA LUISA 2”. IV.- Publíquese el extracto de esta sentencia en la forma dispuesta en el artículo 90 del Código de Minería. V.- Inscríbase esta sentencia y archívese el plano correspondiente. VI.- Remítase en su oportunidad al Servicio Nacional de Geología y Minería, copia de esta sentencia y original del plano correspondiente. Regístrese, notifíquese, y obténganse copias al tenor de lo dispuesto en el inciso final del artículo 4° de la Ley N° 20.886. Rol V-127-2021 Dictada por doña Kathyuzka Drpic González, Juez Suplente del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. En Rancagua, a veintiocho de Octubre de dos mil veintiuno , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. P
Texto Completo (Preview)
FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Rancagua CAUSA ROL : V-127-2021 CARATULADO : TRIVENTO SPA/ Rancagua, veintiocho de Octubre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que a folio 1, con fecha 27 de abril de 2021, se presentó don Sebastián Huidobro Carrere, abogado, en representación, según se acreditará, de TRIVENTO SPA, empresa de giro de asesorí
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