Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

INVERSIONES EM DOS LIMITADA/

Rol

V-3115-2020

Fecha

29 de octubre de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 14 de septiembre de 2020 comparece FRANCISCO JOSÉ SAAVEDRA MUÑOZ, nacionalidad chilena, abogado, cédula nacional de identidad Nº 8.543.675-9, en representación de INVERSIONES EM DOS LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT N° 77.478.930-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Marchant Pereira 605, comuna de Providencia, Santiago; solicitó 200 pertenencias mineras de 1 hectárea, sobre una superficie total de 200 hectáreas, a las que denominó "MARCELA 1 1 AL 200”, ubicadas en la Comuna de Taltal, Provincia de Antofagasta, II Región de Antofagasta. SEGUNDO: Que la manifestación se formuló haciendo uso del derecho otorgado por la concesión de exploración denominada “MARCELA 1”, a favor de INVERSIONES EM DOS LIMITADA, según consta de la copia autorizada de la inscripción de la Sentencia Constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, a fojas 2324 Nº 1220, de fecha 09 de mayo de 2019, repertorio N° 1315-2019, acompañada en solicitud de fecha 14 de septiembre de 2020. TERCERO: Que la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 2828 N° 1741, repertorio N° 1845-2020, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, con fecha 17 de septiembre de 2020 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.772, de fecha 05 de octubre de 2020, los cuales se encuentran agregados con fecha 08 de abril de 2021. CUARTO: Que con fecha 08 de abril de 2021, se presentó solicitud de mensura y por resolución de fecha 09 de abril de 2021, se ordenó su publicación, teniéndose como fecha de presentación de la manifestación la del pedimento, esto es, el día 05 de noviembre de 2018. QUINTO: Que con fecha 06 de mayo de 2021, se acompañó Boletín Oficial de Minería edición N° 42.933, de fecha 19 de abril de 2021, en donde se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería, sin que se haya deducido oposición a la misma dentro del término legal. SEXTO: Que con fecha 17 de agosto de 2021, se acompañó acta de mensura, en que consta que se solicitaron 30 pertenencias con una superficie de 300 hectáreas, y se mensuraron 30 pertenencias con una superficie de 30 hectáreas, con el nombre de “MARCELA 1 1 AL 30”, ubicadas en la Segunda Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta y Comuna de Taltal, lugar Las Tipias. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: VERTICE NORTE (mts.) ESTE (mts.) L1 7.189.000,00 359.700,00 L2 7.189.000,00 360.000,00 L3 7.188.000,00 360.000,00 L4 7.188.000,00 359.700,00 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés en la presente manifestación son: Norte 7.188.000,00 metros.; ESTE 359.500,00 metros. SÉPTIMO: Que la operación de la mensura, fue practicada en forma correcta, según informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 6655, de fecha 29 de septiembre de 2021, el cual se encuentra agregado con la misma fecha. OCTAVO: Que

Fallo

por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. NOVENO: Que, con fecha 30 de septiembre de 2021, la presente causa queda en estado de fallarse. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “MARCELA 1 1 AL 30”, ubicadas en la Segunda Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta y Comuna de Taltal, lugar Las Tipias, con una superficie total de 30 hectáreas, a favor de INVERSIONES EM DOS LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT N° 77.478.930-8, antes individualizada. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB / para su respectiva publicación. Inscríbase la citada sentencia. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Taltal.

Texto Completo (Preview)

FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-3115-2020 CARATULADO : INVERSIONES EM DOS LIMITADA/ MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA (M01M) NOMBRE : “MARCELA 1 1 AL 30” FECHA DE INGRESO : 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020 FECHA A.P.F. : 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021 Taltal, veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que co

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