GOÑI/
Rol
V-117-2021
Fecha
28 de octubre de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 31 de julio de 2021, a folio N° 1, compareció el abogado don Leonardo Flores Ruz, domiciliado en calle Luis Cruz Martínez N°213, comuna de Rengo, en representación convencional de don GONZALO GOÑI REGINATO, rentista, domiciliado en calle Urriola N°171-B, comuna de Rengo, solicitando, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 6° de la Ley 18.101 sobre Arrendamiento de Predios Urbanos, se sirva entregar a su parte, inmediatamente y sin más trámite, el inmueble ubicado en calle Doctor Santiago Cornejo Campos N° 31-A, comuna de Rengo, previa certificación de abandono del mismo. Funda su solicitud, señalando que su representado, con fecha 24 de octubre de 2017, celebró un contrato de arrendamiento con don Miguel Ángel Alamiro González Castro, sobre el inmueble de su propiedad, que corresponde a un local comercial ubicado en calle Doctor Santiago Cornejo Campos N° 31-A, de la comuna de Rengo. Expuso que, desde hace meses que el local se encuentra abandonado por el arrendatario Miguel Ángel González Castro, lo que pudo ser constatado por la Notario Titular de la Segunda Notaría de Rengo doña Paulina Valenzuela Valdés, según consta en acta notarial que acompaña en un otrosí. Agregó que, la Notario se constituyó en el lugar correspondiente al local comercial ubicado en la calle doctor Santiago Cornejo Campos 31-A, Rengo, a las 15,40 horas del día 17 de Mayo de 2021, a las 16,00 horas del 02 de Junio de 2021, a las 17,00 horas del 25 de Junio de 2021 y a las 14,45 horas del 22 de Julio de 2021, para constatar que la propiedad referida se encuentra desocupada, y certificar 8 fotografías. Añadió que, de lo apreciado en terreno y fotografías la Notario pudo dejar constancia de lo siguiente: 1.-En la dirección indicada se encuentra un local comercial llamado “aer tu empana”, el que en todas las visitas realizadas se encuentra con sus cortinas cerradas y con evidentes signos de abandono. 2.-Se puede apreciar que en el exterior del lugar hay basura y un foco en mal estado, los que permanecen ahí desde la primera visita sin alteración. 3.-Los candados Foja: 1 de la entrada se observan siempre en la misma posición y sin señales aparentes de haber sido manipulados. 4.-La administradora del local de Sushi llamado “el patrón del sushi” que se encuentra a un costado del local (lado sur del local) y que se identifica como Laura Giraldo, al ser consultada señala que hace más de1 año aproximadamente que el local se encuentra totalmente cerrada. 5.-La vecina del costado Norte del inmueble referido, en donde se encuentra la tienda denominada Liquidadora Americana, señala que desde hace tiempo, más o menos desde el “estallido social”, que el local se encuentra totalmente cerrado, lo que le consta porque ellos siempre han estado ahí. Finaliza solicitando se ordene la entrega a su representado don Gonzalo Goñi Reginato del inmueble correspondiente al local comercial ubicado en calle doctor Santiago Cornejo Campos 31-A, R
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 6 inciso segundo de la Ley 18.101, y 817, 818, 819, 820, 824, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que, SE ACOGE, la solicitud de fecha 31 de julio de 2021 interpuesta por don el abogado don LEONARDO FLORES RUZ, en representación convencional de don GONZALO GOÑI REGINATO y se ordena la entrega y restitución del inmueble ubicado en calle Doctor Santiago Cornejo Campos N° 31- A, de la comuna de Rengo al solicitante don GONZALO GOÑI REGINATO o a quien sus derechos represente. II.- Hágase efectiva la entrega de la propiedad antes indicada por medio de Receptor Judicial, quien deberá levantar acta del estado en que se encuentra la misma al momento de su entrega, y levantar acta si hay especies, las que quedarán en poder del demandante bajo su responsabilidad civil y penal, ello con las facultades para allanar y descerrajar si lo fuere necesario. Anótese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° V-117-2021 Dictada por doña LUZ SAAVEDRA VENEGAS, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras de Rengo. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rengo, veintiocho de Octubre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 14 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Rengo CAUSA ROL : V-117-2021 CARATULADO : GOÑI REGINATO. Rengo, veintiocho de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 31 de julio de 2021, a folio N° 1, compareció el abogado don Leonardo Flores Ruz, domiciliado en calle Luis Cruz Martínez N°213, comuna de Rengo, en representa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica