Juzgado de Garantía de Casablanca

C/ JORGE FERNANDO NEIRA HALTENHOFF

Rol

O-619-2023

Fecha

7 de mayo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS El día 23 de octubre de 2021, aproximadamente a las 11:30 horas, el requerido condujo en estado de ebriedad el vehículo Citroen, modelo Xsara, patente SG-7316, por el kilómetro 74.100, ruta 68, Casablanca, dirección Santiago. El resultando del examen de alcoholemia que se le practicó posteriormente al requerido, señaló que el día de los hechos tenía 1.90 gramos de alcohol por litro en la sangre. CASABLANCA, a siete de mayo de dos mil veinticinco. Y visto además, lo dispuesto al artículo 1, 3, 5, 11 y siguientes del Código Penal, 388 y siguiente del Código Procesal Penal, la Ley 18.290. Se declara: I.- Que se condena al imputado don JORGE FERNANDO NEIRA HALTENHOFF, Cedula de Identidad N° 0015557688-K, como autor del delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad contemplado artículo 196 inciso 1° de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, delito cometido el día 23 de abril del año 2021 de la comuna de Casablanca, a sufrir la siguiente pena 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la multa de DOS UTM y la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de DOS AÑOS. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado el beneficio de la REMISION CONDICIONAL DE LA PENA, quedando sujeto al control del centro de gendarmería correspondiente al domicilio del imputado en Quilpue, Cuál por el lapso de UN AÑO. III.- Que se exime al imputado el pago de las costas. Código: CGJRXUXKMZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC : 2100964221-5 RIT : 619 - 2023 Dictada por MANUEL MAURICIO BAEZA PIZARRO, Juez del Juzgado de Garantía de Casablanca. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL CONTENIDO INTEGRO DE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL SISTEMA DE AUDIO DE ESTE JUZGADO DE GARANTIA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 41 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. Código: CGJRXUXKMZK Este documento tiene firma electrónica y su original

Fallo

Se declara: I.- Que se condena al imputado don JORGE FERNANDO NEIRA HALTENHOFF, Cedula de Identidad N° 0015557688-K, como autor del delito de conducción de vehículo en estado de ebriedad contemplado artículo 196 inciso 1° de la Ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, delito cometido el día 23 de abril del año 2021 de la comuna de Casablanca, a sufrir la siguiente pena 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la multa de DOS UTM y la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de DOS AÑOS. II.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado el beneficio de la REMISION CONDICIONAL DE LA PENA, quedando sujeto al control del centro de gendarmería correspondiente al domicilio del imputado en Quilpue, Cuál por el lapso de UN AÑO. III.- Que se exime al imputado el pago de las costas. Código: CGJRXUXKMZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC : 2100964221-5 RIT : 619 - 2023 Dictada por MANUEL MAURICIO BAEZA PIZARRO, Juez del Juzgado de Garantía de Casablanca. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL CONTENIDO INTEGRO DE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL SISTEMA DE AUDIO DE ESTE JUZGADO DE GARANTIA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 41 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. Código: CGJRXUXKMZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-08T11:18:18-0400

Texto Completo (Preview)

RUC : 2100964221-5 RIT : 619 - 2023 DELITO : CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD GRADO DESARROLLO : CONSUMADO IMPUTADO : JORGE FERNANDO NEIRA HALTENHOFF CEDULA DE IDENTIDAD : 0015557688-K DOMICILIO : El Belloto, Gomez Garreño N° Nº 681, Quilpue PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : 11 N° 9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO HAY HECHOS ACREDITADOS El día 23 de octubre de 2021, aproximada

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