CONSTANZA PAZ MARTÍNEZ GIL C/ IGNACIO ALEJANDRO OPORTUS NOVOA
Rol
O-3962-2023
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
OTROS DELITOS DE LA LEY DE CONTROL DE ARMAS (LEY 17.798), PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: “El día 2 de septiembre de 2023, alrededor de las 13:40 horas, dentro del anillo de seguridad estructurado a las afueras del estadio Santa Laura, en la comuna de Independencia, con motivo del encuentro deportivo entre Universidad de Chile y el club deportivo Colo-Colo, específicamente en plaza Chacabuco, el imputado IGNACIO ALEJANDRO OPORTUS NOVOA, con la mitad del cuerpo fuera del taxi en movimiento, taxi colectivo marca Peugeot, modelo 301, color negro perla, año 2023, placa patente LZVH-35, conducido por Raúl Eduardo Fuentes Espinoza, y desde el asiento trasero, costado izquierdo, portando objeto tubular color rojo correspondiente a una bengala, la cual acciona desde el vehículo en movimiento, generando un fuerte estruendo característico de un fuego de artificio, el cual salió desde el vehículo Procediendo a la fiscalización del vehículo y posterior detención del imputado. Además, al imputado se le encuentra en su poder un elemento punzante, del tipo estoque, del cual se desprende al momento de su fiscalización, respecto del cual no da explicación razonable. Al registro de sus vestimentas, en el bolsillo derecho de su buzo deportivo, se le encuentra un objeto tubular color rojo, con letras en idioma chino, correspondiente a una bengala de mano.” Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Circunstancias atenuantes acogidas: Artículo 11 nº 9 del Código Penal, la que se acredita por la aceptación de responsabilidad. Código: DSPJXUXENHK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Circunstancias agravantes acreditadas: No concurre. Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco. SE DECLARA: I) Que, se CONDENA a IGNACIO ALEJANDRO OPORTUS NOVOA, cédula de identidad Nº 19 720 371-4, ya individualizado, a la pena de 6 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de au
Fundamentos
considerando la aceptación de responsabilidad. Ejecutoriada que sea esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal Regístrese y archívese en su oportunidad. Se tiene por notificados de esta sentencia a los intervinientes presentes en esta audiencia. Dictada por don JUAN DIEGO HUGO ÁLVAREZ JIMÉNEZ, Juez Suplente del 3° Juzgado de Garantía de Santiago. Habiendo los intervinientes renunciados a los términos legales, la sentencia se entenderá firme y ejecutoriada. El tribunal cita al condenado ante el CRS SANTIAGO SUR DOS, para el día lunes 5 de mayo de 2025 a las 9:00 horas. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal” Código: DSPJXUXENHK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-07T18:50:11-0400
Fallo
SE DECLARA: I) Que, se CONDENA a IGNACIO ALEJANDRO OPORTUS NOVOA, cédula de identidad Nº 19 720 371-4, ya individualizado, a la pena de 6 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de ACTIVAR FUEGOS ARTIFICIALES SIN AUTORIZACIÓN EN CONTEXTO DE EVENTO DEPORTIVO, previsto y sancionado en el artículo 14 E en relación con el artículo 2 literal f) de la Ley N° 17 798, sobre Control de Armas, y artículo 1 inciso 2 y 13 de la Ley N° 19 327, sobre derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional, y a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, en grado de consumados, cometidos el día 2 de septiembre de 2023, en la comuna de Independencia, territorio jurisdiccional del Tribunal. II) Que, la pena de multa precedentemente impuesta se tendrá POR CUMPLIDA, con 1 día de abono de que dispone el condenado, a saber, el día 3 de septiembre de 2023, generado con ocasión de la audiencia de control de la detención de autos. III) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18 216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN
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RESUMEN: R.U.C.Nº : 2300953307 – 9 RIT. : 3962 – 2023 TIPO DE DELITO : ACTIVAR FUEGOS ARTIFICIALES SIN AUTORIZACIÓN EN CONTEXTO DE EVENTO DEPORTIVO Y PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE 288 BIS NOMBRE IMPUTADO : IGNACIO ALEJANDRO OPORTUS NOVOA CÉDULA DE IDENTIDAD : 9.720.37 -4 DOMICILIO : PASAJE LOS PALTOS Nº 0 94, BUIN FISCAL : RICHARD GONZALEZ BRICEÑO QUERELLANTE : PAULA ALTAMIRANO ARELLANO DEFENS
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