Juzgado de Garantía de Osorno

MINISTERIO PUBLICO C/ ALEX SEBASTIÁN PÉREZ PÉREZ

Rol

O-3006-2024

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 3006-2024 RUC 2400651773-7 Dictada por MIGUEL GARCIA HERRERA. Juez destinado del Juzgado de Garantía de Osorno.- Código: XLLTXUBMKWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgosorno@pjud.cl 2025-05-07T11:22:05-0400

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 30, 49, 50, 70 ,456 bis A del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que, se CONDENA a ALEX SEBASTIAN PEREZ PEREZ , cedula nacional de identidad 17.198.040-2, con domicilio en pasaje Los Aromos 535, Puyehue, ya individualizado, como autor del delito consumado de Receptación cometido en Puyehue, el día 06 junio 2024, a la PENA de VEINTIUN DIAS de prisión en grado medio; al pago de una MULTA de UN TERCIO de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL , la misma se entiende pagada por el día de detención sufrido en la causa: 07 junio 2024 y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; II Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7° de la Ley 18.216, se le APLICA la medida sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, entre las 22:00 horas de un día y las 06:00 del día siguiente, en su domicilio ubicado Pasaje Los Aromos 535, Puyehue , la cual deberá ser fiscalizada a través de Gendarmería de Chile, sujeto a la factibilidad técnica del control telemático y ante la imposibilidad del mismo Gendarmería deberá remitir la información a Carabineros del domicilio del imputado para que estos efectúen la visitas o el control de las mismas. No cuenta con abonos; .III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requ

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE GARANTÍA DE OSORNO Los Carrera N° 1400, interior, Osorno Teléfonos: (64) 2317134 jgosorno@pjud.cl Sentencia: Osorno, seis mayo dos mil veinticinco.- Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica