Juzgado de Garantía de San Bernardo

NN C/ KATHERINE YESSENIA LÓPEZ VÁSQUEZ

Rol

O-6622-2023

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El día 07 de julio de 2023 siendo aproximadamente las 18:59 horas, Carabineros de la 62° Comisaria de San Bernardo, verifican al imputado DYLAN YOHAN DELGADO LOPEZ, estando afuera de su domicilio ubicado en Calle Félix De Berroeta N°14186, Comuna de San Bernardo, quien realiza una transacción de drogas, debido a dicha circunstancia, Carabineros ingresa al domicilio y verifican que tanto el imputado como la madre del imputado, doña KATHERINE YESSENIA LOPEZ VÁSQUEZ, mantenían al interior del domicilio, 60 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de 10 gramos bruto de clorhidrato de cocaína, un plato de color blanco sobre el cual había clorhidrato de cocaína a granel en proceso de secado con peso de 14 gramos bruto, $26.150 en dinero de diferente denominación, dos pesas digitales de color gris, un arma tipo rifle a postón metálico con una empuñadura hecha de forma artesanal más la suma de $310.000 en billetes de diferente denominación, 3 envoltorios de papel blanco contenedores de 550 miligramos de clorhidrato de cocaína. En dichas circunstancias se verifica que ambos imputados, traficaban mediante la venta de esta droga, guardaban, acopiaban y se encontraban en posesión de sustancias ilícitas con fines de comercialización y sin la competente autorización, promoviendo y facilitando con ello el uso y consumo de sustancias y estupefacientes prohibidas por la Ley 20.000. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 29, 31,49, 50, 68, 68 bis, 69, 70del Código Penal; artículos 36, 297, 342 y 406y siguientes del Código Procesal Penal y 1, 4 Y 22 de la ley 20.000 y 8 de la ley 18.216 SE DECLARA: I.- Que se condena a KATHERINE YESSENIA LÓPEZ VÁSQUEZ, ya individualizada, como autora del delito de Trafico de pequeñas cantidades Código: YKJSXUPGKCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cometido en grado de desarrollo consumado y per

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 29, 31,49, 50, 68, 68 bis, 69, 70del Código Penal; artículos 36, 297, 342 y 406y siguientes del Código Procesal Penal y 1, 4 Y 22 de la ley 20.000 y 8 de la ley 18.216 SE DECLARA: I.- Que se condena a KATHERINE YESSENIA LÓPEZ VÁSQUEZ, ya individualizada, como autora del delito de Trafico de pequeñas cantidades Código: YKJSXUPGKCK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cometido en grado de desarrollo consumado y perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 7/07/2023, a sufrir la pena QUNIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa a beneficio fiscal de UN TERCIO DE TRIBUTARIAS MENSUAL. II.- La multa se tendrá por cumplida con el día que estuvo privado de libertad con ocasión de esta causa. III.-.- Reuniendo el sentenciado los requisitos previstos en el artículo 4 de la Ley 18.216, se concede el beneficio de remisión condicional de la pena, debiendo quedar sujeto al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, Centro de Reinserción Social Santiago Sur II, por el término de 541 días. Si el beneficio le fuere revocado y debiere cumplir real y efectivamente la sanción corporal impuesta, ésta se contará desde que el sentenciado se present

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : seis de mayo de dos mil veinticinco. Imputado : KATHERINE YESSENIA LÓPEZ VÁSQUEZ, cédula de identidad N° 0016902583-5, fecha de nacimiento 16 septiembre 1988, con domicilio en Calle Felix de Berroeta Nº 14186, comuna de San Bernardo. Fiscal : BEATRIZ SILVA CABEZAS Defensor : ADISON CATA

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