2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

OJEDA/RECURSOS EXTERNOS LIMITADA

Rol

M-2394-2022

Fecha

26 de octubre de 2022

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADAS OFRECEN E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X A los escritos de las partes el Tribunal resuelve; Téngase por cumplido lo ordenado y por digitalizados los documentos. Delega poder: Se tuvo presente la delegación de poder conferido al abogado don JOAQUÍN ANDRÉS OTERO VIVANCO por el abogado patrocinante de la parte demandada SOPROLE S.A. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, esta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación en la suma de $615.000. La parte demandante propone la suma de $1.000.000.-. Por su parte la demandada propone la suma de $200.000.-. Fija hechos controvertidos: 1) Remuneración de la demandante. 2) Feriado adeudado. 3) Heber incurrido el empleador en actos de acoso laboral en contra de la demandante e incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato según los hechos contenidos en la carta de despido indirecto. 4) Haberse desempeñado la demandante en régimen de subcontratación respecto de la demandada solidaria, período y ejercicio de los derechos de información y/o retención. 5) Naturaleza temporal del contrato celebrado entre las partes y en caso de haber sido este a plazo fijo, período. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de Trabajo, de fecha 18 de febrero de 2022. 2) Anexo de Duración de Contrato, de fecha 19 de marzo de 2022. 3) Comprobante de Licencia Médica Electrónica, de fecha 24 de mayo de 2022. 4) Certificado de Cotizaciones, emitido por AFP MODELO, de fecha 14 de junio de 2022. 5) Certificado de Cotizaciones, emitido por FONASA, de fecha 14 de junio de 2022. 6) Acta de Comparendo de Conciliación, de fecha 15 de septiembre de 2022. 7) Dato de Atención de Urgencia, de fecha 23 de mayo de 2022.

Fallo

se resuelve: I. Se rechaza la acción de despido indirecto interpuesta por MIRTHA VICTORIA OJEDA CAMPOS en contra de la empresa RECURSOS EXTERNOS LIMITADA y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes terminó el 14 de junio de 2022 por la causal del artículo 159 n°2 del Código del Trabajo, renuncia voluntaria. II. Se acoge la acción de cobro de prestaciones solo respecto del cobro de feriado, ordenándose a la demandada RECURSOS EXTERNOS LIMITADA pagar a la demandante MIRTHA VICTORIA OJEDA CAMPOS $119.053.- como feriado proporcional. III. La cantidad señalada en el punto anterior deberá ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 del Código del Trabajo. IV. Por el feriado señalado en el punto dos, declara la responsabilidad subsidiaria de la empresa Soprole S.A. V. Se rechaza la demanda respecto del cobro de remuneración de la indemnización de lucro cesante y de la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales. VI. Cada parte soportará sus costas. VII. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza laboral y Previsional para su ejecución en los tiempos y formas dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió y dictó sentencia don Víctor Manuel Riffo Orellana, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el regist

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 25 de octubre de 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 22-4-0429142-8 RIT M-2394-2022 MAGISTRADO VÍCTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNANDEZ HORA DE INICIO 10:59 HORAS HORA DE TERMINO 13:04 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 22404291

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica