Juzgado de Letras de Angol

MUNICIPALIDAD DE RENAICO/

Rol

V-67-2020

Fecha

28 de octubre de 2021

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: PRIMERO: Que con fecha 26 de noviembre de 2020, folio 1, comparecieron Vianett Alejandra Cortés Mora, RUN 15.170.543-3, y Paula Rayén Rivera Collío, RUN 17.056.999-7, ambas abogadas en representación convencional de la Municipalidad de Renaico, Corporación Autónoma de Derecho Público, RUT 69.180.400-3, representada por don Juan Carlos Reinao Marilao, Alcalde Titular, RUN 14.073.256-3, todos con domicilio en calle Comercio No.287 de la comuna de Renaico, vienen en solicitar que se declare el extravío del vale vista No.11783263, por la suma de $1.000.000, fecha de emisión 18 de agosto de 2020, y del vale vista No.7389578, por la suma de $1.000.000, fecha de emisión, 17 de agosto de 2020, ambos del Banco Estado Chile. SEGUNDO: Que el Tribunal con fecha 27 de noviembre, a folio 3, confirió el traslado respectivo que da cuenta el artículo 89 de la ley 18.092, sin que parte alguna hubiere formulado oposición o hubiese invocado la calidad de portador legítimo de los documentos materia de autos. TERCERO: Que con la publicación efectuada en el Diario Oficial del día 15 de septiembre de 2021, que rola con fecha 29 de septiembre de 2021, a folio 15, se ha dado cumplimiento a lo que prescribe la ley señalada. CUARTO: Que también consta en autos que se ha transcurrido el plazo establecido en el inciso 2 del artículo 89 de la ley citada, sin Foja: 1 que los interesados comparecioeren en juicio a hacer valer sus derechos, habiendo sido notificada la institución bancaria referida el 11 de diciembre de 2020, folio 4, según certificado emitido por la Receptora Judicial doña Rita Parada Segura. Y de conformidad, ademá, a lo dispuesto en los artículos 88, 89, 92 y 102 de la ley No.18.092 y artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que ha lugar a lo solicitado a lo principal de fecha 26 de noviembre de 2020, folio 1, y se declaran extraviados los documentos señalados en el

Fundamentos

considerando primero de este fallo, y se faculta a la Municipalidad de Renaico, representada por don Juan Carlos Reinao Marilao, Alcalde Titular, ya individualizado, a fin de que mediante fotocopia autorizada de esta sentencia, ejerza los derechos que le corresponden como portadora legítima de los vales vista números 11783263 por $1.000.000, y 7389578, por la suma de $1.000.000, tomados en el Banco Estado Chile. Regístrese, notifíquese y firme dese copia autorizada de esta sentencia. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Angol, veintiocho de octubre de dos mil veintiuno Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-10-28T09:59:00-0300

Fallo

se declara: Que ha lugar a lo solicitado a lo principal de fecha 26 de noviembre de 2020, folio 1, y se declaran extraviados los documentos señalados en el considerando primero de este fallo, y se faculta a la Municipalidad de Renaico, representada por don Juan Carlos Reinao Marilao, Alcalde Titular, ya individualizado, a fin de que mediante fotocopia autorizada de esta sentencia, ejerza los derechos que le corresponden como portadora legítima de los vales vista números 11783263 por $1.000.000, y 7389578, por la suma de $1.000.000, tomados en el Banco Estado Chile. Regístrese, notifíquese y firme dese copia autorizada de esta sentencia. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Angol, veintiocho de octubre de dos mil veintiuno Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-10-28T09:59:00-0300

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Foja: 1 FOJA: 21.- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : V-67-2020 CARATULADO : MUNICIPALIDAD DE RENAICO/ Angol, veintiocho de octubre de dos mil veintiuno. Visto: PRIMERO: Que con fecha 26 de noviembre de 2020, folio 1, comparecieron Vianett Alejandra Cortés Mora, RUN 15.170.543-3, y Paula Rayén Rivera Collío, RUN 17.056.999-7, ambas abogadas en repr

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