NAHUELPÁN/
Rol
V-17-2021
Fecha
27 de octubre de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1.- Que compareció ante este Tribunal don BERNARDO NAHUELPÁN MANQUEPÁN, cédula nacional de identidad número 2.715.364-x, casado, agricultor, con domicilio calle Muñoz Meli número 1604 de la comuna de Villarrica, quien solicitó ordenar al Conservador de Bienes Raíces de Villarrica tomar nota al margen de la inscripción de propiedad que rola a fojas 521 vuelta número 401 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica correspondiente al año 1984, señalando que el nombre correcto de la propietaria es ROSA MANQUEPÁN y no como se consagra en el título actual de dominio. Funda su solicitud en el hecho de ser hijo de doña Rosa Manquepán, quien fue dueña de un predio denominado Hijuela N° 24, de una extensión de 21,80 hectáreas ubicada en el Lugar Liumalla de la comuna de Villarrica, y que deslinda: Norte, cerco quebrado, que separa terrenos de la Reserva Indígena Marcelina Huaquimilla; Este, cauce actual del estero Chehuaco y quebrada sin nombre, que separan de la hijuela N° 23; Sur: cerco quebrado, que separa de las hijuelas N°25, 29 y 32; y Oeste, cerco recto, que separa de la hijuela N° 23. El dominio se encuentra inscrito a fojas 521 vuelta número 401 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica correspondiente al año 1984. Agrega que, como se observa en los certificados de nacimiento, defunción, partida de nacimiento y duplicado de certificado de posesión efectiva de doña Rosa Manquepán, no se encuentra asignado un segundo Foja: 1 apellido a ésta, no obstante erróneamente el título de dominio inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, indica que la propietaria es Rosa Manquepán Huaiquimilla. Añade que al solicitar la posesión efectiva de doña Rosa Manquepán, concedida por Resolución Exenta Nº 13214 de fecha 22 de octubre de 2018, adviertió que se ha omitido en dicha resolución de la propiedad individualizada en el punto N°1 y es al momento de querer efectuar la amp
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en los presentes autos comparece Bernardo Nahuelpán Manquepán solicitando se ordene al Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, omar nota al margen de la inscripción de propiedad que rola a fojas 521 vuelta número 401 del Registro de Propiedad de Villarrica correspondiente al año 1984,a su cargos, en el sentido de indicar que el nombre correcto de la persona a cuyo favor consta la referida inscripción es ROSA MANQUEPÁN y no como se consagra en el título actual de dominio. SEGUNDO: Que, el artículo 59 de la ley 19.253 “La rectificación de los errores de hecho existentes en los títulos de merced y en los títulos gratuitos de dominio a que se refiere esta ley, se resolverá sin forma de juicio, por el Juez de Letras competente, a solicitud de la Corporación Foja: 1 Nacional de Desarrollo Indígena o del interesado. En este último caso, el Juez procederá previo informe de la Corporación”. TERCERO: Que, para efectos de fundar la solicitud de autos, se acompañaron los siguientes documentos: 1.- Copia Inscripción de dominio de fojas 521 vuelta número 401 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica correspondiente al año 1984. 2.- Copia de partida de nacimiento de doña Rosa Manquepán de fecha 24 de abril de 2016, emitida por Servicio de Registro Civil e Identificación. 3.- Certificado de nacimiento de doña Rosa Manquepán de fecha 01 de febrero de 2021, emitido por Servicio de Registro Civil e Identificación. 4.- Certificado de defunción de doña Rosa Manquepán de fecha 01 de febrero de 2021, emitido por Servicio de Registro Civil e Identificación. 5.- Duplicado de posesión efectiva de doña Rosa Manquepán emitido con fecha 08 de agosto de 2019, por Servicio de Registro Civil e Identificación. 6.- Certificado de nacimiento de don Bernardo Nahuelpan Manquepan de fecha 11 de febrero de 2021 emitido por Servicio de Registro Civil e Identificación. CUARTO: Que, a folio N°6 se agregó informe N° 542 remitido por doña Ana Paola Hormazabal Navarrete Subdirectora Nacional Temuco (s) el cual entre sus consideraciones señala: “2. Informe CONADI. Para dar cumplimiento a la petición del tribunal, la Unidad Técnica en informe N°230 de 7 de julio del 2021, señala en lo pertinente lo siguiente: Que revisada la sentencia ejecutoriada en causa rol N°122 de 6 de abril del año 1984, señala al respecto lo siguiente: "24) Adjudícase en propiedad individual y Foja: 1 exclusiva a la actual ocupante doña Rosa Manquepán Huaiquimilla, chilena, agricultora, domiciliada en el mismo terreno la hijuela N°24 de 21,80 hectáreas de superficie..." Luego indica que revisado el plano de división de la comunidad indígena Hilario Manquepan, T.M.2331, lugar Liumalla, Comuna de Villarrica, de diciembre de 1979, se lee, en el cuadro adjudicatario, Hijuela N°24, Rosa Manquepán Huaiquimilla. La adjudicación de la hijuela N°24 indica, se encuentra inscrita a fojas 521 vta. N°401 del Registro de Propiedad de Villarrica del año 1984 a n
Fallo
por tanto no se sí tenía otro apellido, pero aquí mayormente se le conocía y nombraba como Rosa Manquepan..." Foja: 1 Concluye el funcionario que considerando los testimonios aportados por los entrevistados; además de la investigación de rigor, que consideró la revisión de documentos referidos a la Comunidad, es posible señalar lo siguiente: - Que, en la Comunidad Indígena "Hilario Manquepan" del Lugar Liumalla de la Comuna de Villarrica, a la adjudicataria y/o Propietaria de las hijuela N° 24 de 21,80 hectáreas de terreno se le recuerda, reconoce, identifica y nombra como Rosa Manquepan y/o Rosa Manquepan Huaiquimilla, indistintamente, - Por tanto, es efectivo que en el proceso de división de la Comunidad Indígena "Hilario Manquepan" del Lugar Liumalla de la Comuna de Villarrica, al momento de dictar la Sentencia de División de la Comunidad, se transcribió el nombre de la adjudicataria de la hijuela N° 24 de 21,80 hectáreas de terreno como Rosa Manquepan Huaiquimilla, sin considerar que dicha persona en sus documentos de identificación, se registra e individualiza con el Nombre de Rosa Manquepan, lo cual generó que la adjudicación inscrita a fojas 521 vta, Número 401 del Registro de Propiedad del año 1984 del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica, el nombre fuese mal inscrito, quedando consignado erróneamente como Rosa Manquepan Huaiquimilla. Por su parte, el artículo 59 de la Ley 19253 establece: La rectificación de los errores de hecho existentes en los títulos de me
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Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Villarrica CAUSA ROL : V-17-2021 CARATULADO : NAHUELP N/Á Villarrica, veintisiete de Octubre de dos mil veintiuno Vistos: 1.- Que compareció ante este Tribunal don BERNARDO NAHUELPÁN MANQUEPÁN, cédula nacional de identidad número 2.715.364-x, casado, agricultor, con domicilio calle Muñoz Meli número 1604 de la com
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