MARZÁN/MEJÍAS
Rol
C-6850-2021
Fecha
27 de octubre de 2021
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 12 de agosto de 2021, folio 1, comparece don lvaro AlonsoÁ Marzan Araya, dise ador industrial, domiciliado en Avenida El Guanaco Norte Nñ ° 1751, casa 45, comuna de Huechuraba, quien viene en deducir demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro de rentasó adeudadas y cobro de cl usula penal, en subsidio, de desahucio, en contra de doná German Enrique Mej as Aguileraí , ingeniero en administraci n de empresas,ó domiciliado en Avenida Santa Rosa N 325, departamento 2002, comuna de° Santiago, por los antecedentes de hecho y derecho que expone. Notificado y reconvenido de pago el demandado en forma legal, se llev aó efecto el comparendo de estilo con fecha 20 de octubre de 2021, folio 10, en el cual se tuvo por contestada la demanda en rebeld a, por practicada la segundaí reconvenci n de pago y se dej constancia que no hubo conciliaci n atendida laó ó ó inasistencia del arrendatario. Acto seguido, se recibi la causa a prueba, reiterando yó acompa ando el demandante la documental incorporada en autos. ñ Con fecha 26 de octubre de 2021, atendido el m rito de autos, se cit a lasé ó partes a o r sentencia. í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 12 de agosto de 2021, folio 1, comparece don lvaro Alonso Marz n Araya, quien viene en deducir demanda de terminaci n deÁ á ó contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro de rentas adeudadas y cobro de cl usula penal, en contra de don German Enrique Mej as Aguilera, ambos yaá í individualizados, por los antecedentes de hecho y derecho que expone. Funda su pretensi n en el hecho que es due o de la propiedad de Avenidaó ñ Santa Rosa N 325, departamento 2002, comuna de Santiago, respecto del cual° celebr un contrato de arrendamiento con el demandado que comenz a regir el 03ó ó de julio de 2020, con renovaci n t cita y autom tica por periodos fijos de un a o.ó á á ñ Adem s, se estipul que las partes podr n evitar la renovaci n t cita enviando cartaá ó á ó á certificada con 60 d as de anticipaci n a la fecha de vencimiento del plazo pactado deí ó un a o o de sus pr rrogas. ñ ó Se ala que se fij una renta mensual de $300.000, por mes adelantado,ñ ó pagadero dentro de los primeros 5 d as de cada mes, estableci ndose una multa de uní é 1% de la renta pactada por cada d a de retardo en el pago de la renta. Adem s, seí á RIT« » Foja: 1 estableci la obligaci n del arrendatario al pago de los gastos atribuibles a luz, agua,ó ó gastos comunes y dem s servicios asociados a la propiedad. á Explica que el arrendatario siempre ha efectuado pagos parciales, retardando el pago de la renta, no pagando las multas estipuladas y dejando de pagar la totalidad de la renta desde el mes de junio de 2021. Por ese motivo, indica que decidi noó renovar el contrato enviando una carta de aviso el 03 de abril de 2021, sin perjuicio que a la fecha el demandado no ha hecho restituci n del inmueble ni el pago de losó montos adeudados, comprometi ndose a efectuar todo ello en diversas fechas que, ené definitiva, no cumpli , neg ndose a restituir el inmueble y ocup ndolo hasta el d a deó á á í hoy. A ade que se ve en la necesidad de interponer la presente acci n a fin deñ ó solicitar el demandado pague los siguientes conceptos: a) por rentas adeudadas, el total de los meses de junio, julio y agosto de 2021, adem s de aquellas que se generená mensualmente hasta la fecha efectiva de la restituci n; b) por multas, en conformidadó a lo pactado en la cl usula tercera del referido contrato, equivalente al 1% de la rentaá de arrendamiento por cada d a de atraso al pago de la renta por cada periodo,í durante toda la relaci n contractual y que deber n aplicarse hasta el d a efectivo deló á í pago; c) por reajustes, en conformidad al art culo 21 de la Ley N 18.101. í ° En cuanto al derecho, refiere respecto a los art culos 1545, 1546, 1977,1535 yí 1537 del C digo Civil, adem s de las normas de la Ley N 18.101.ó á ° Sostiene que durante toda la relaci n el demandado retard los pagos de lasó ó rentas de los periodos que median entre agosto de 2020 hasta mayo de 2021, ambos inclusive, registrando un simple retardo en los pagos de 314 d as efectivo
Fallo
se decide que: I.- Que, se hace lugar a la acci n principal de fecha 12 de agosto de 2021,ó folio 1, en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes y se condena al demandado al pago de las rentas adeudadas, al tenor de lo se alado en el motivo d cimo, con los reajustes establecidos en el art culo 21 de lañ é í Ley N 18.101;° RIT« » Foja: 1 II.- Que se condena al arrendatario a restituir el inmueble arrendado dentro de d cimo d a desde que la sentencia cause ejecutoria, con sus consumos domiciliariosé í al d aí ; III.- Que, se condena al demandado al pago de la multa pactada, al tenor de lo se alado en el motivo und cimo; ñ é IV.- Que, se condene en costas al demandado. Reg strese y arch vense en su oportunidad.í í Notif quese personalmente o por c dula.í é Rol N ° C-6850-2021. Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autorizada por do a ñ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, veintisiete de Octubre de dos mil veintiuno.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más informa
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6850-2021 CARATULADO : MARZ N/MEJ ASÁ Í Santiago, veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS: Con fecha 12 de agosto de 2021, folio 1, comparece don lvaro AlonsoÁ Marzan Araya, dise ador industrial, domiciliado en Avenida El Guanaco Norte Nñ ° 1751, casa 45, comuna de Huechuraba, quien vie
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