BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SEPÚLVEDA
Rol
C-6628-2021
Fecha
27 de octubre de 2021
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 5 de agosto de 2021, comparece don JAIME GABRIEL VEL SQUEZ NAVARRO, Á abogado, domiciliado en Compa a N 1390 Of2403, Santiago, en representaci n judicial, de fuenteñí ° ó convencional por mandato del Banco de Cr dito e Inversiones, sociedadé an nima bancaria del giro de su denominaci n, representada legalmenteó ó por el se or Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal,ñ Ingeniero civil, ambos de m mismo domicilioí , quien viene en demandar ejecutivamente a Juan Esteban Sep lveda Mercadoú , ignora ocupaci n,ó actualmente con residencia en Joaquin del Pino 823, Poblaci n Reneó Schneider, San Carlos, por las razones de hecho y de derecho que se ala enñ su escrito. A folio17, con fecha 8 de octubre de 2021 consta notificaci n de laó demanda a la ejecutada de conformidad al art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil y a folio 3 del cuaderno de apremio, el 12 de octubre de 2021, su respectivo requerimiento de pago. A folio 18, el ejecutado opuso excepciones a la ejecuci n.ó A folio 20, el ejecutante evacua el traslado conferido respecto de las excepciones de la contraria. A folio 22, con fecha 27 de octubre de 2021, se tuvo por evacuado el traslado de la ejecutante y, de conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del art culo 466 del C digo de Procedimiento Civil, ello al noí ó considerarse necesario que se rinda prueba para resolver, se omiti laó C-6628-2021 Foja: 1 recepci n de la causa a prueba, y en su lugar, se declaran admisibles lasó excepciones opuestas, citando derechamente a las partes a o r sentencia aí folio 25. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 5 de agosto de 2021, comparece don JAIME GABRIEL VEL SQUEZ NAVARRO, Á abogado mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco de Cr dito eó é Inversiones sociedad an nima bancaria, cuyo representante legal es Eugenioó Von Chrismar Carvajal, quien viene en demandar ejecutivamente a Juan Esteban Sepulveda Mercado, tambi n ya individualizado, é se alando queñ el ejecutado es deudor vencido de los siguientes documentos: I.- Pagar suscrito a la orden de su mandante por don(a) é Juan Esteban Sep lveda Mercadoú , con fecha 08 de julio de 2021, por la suma de UF 1.290,1851.-, actuando el deudor representado por el Banco de Cr dito e Inversiones en virtud del mandato conferido por est ltimo ené é ú el Contrato de Apertura para Estudiantes de Educaci n Superior conó Garant a Estatal seg n Ley 20.027, y ste a su vez actuando a trav s deí ú é é apoderado del Banco al que deleg la facultad en comento, seg n escrituraó ú p blica que contiene Delegaci n de Facultades. Seg n lo establecido en elú ó ú referido pagar , el capital adeudado m s los intereses se pagar an totalmenteé á í el 09 de julio de 2021. II.- Pagar suscrito a la orden de mi mandante por don(a) é Juan Esteban Sep lveda Mercadoú , con fecha 08 de julio de 2021, por la suma de UF 143,3539.-, actuando el deudor representado por el Banco de Cr dito e Inversiones en virtud del mandato conferido por est ltimo en elé é ú Contrato de Apertura para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant aó í Estatal seg n Ley 20.027, y ste a su vez actuando a trav s de apoderadoú é é del Banco al que deleg la facultad en comento, seg n escritura p blica queó ú ú contiene Delegaci n de Facultades.. Seg n lo establecido en el referidoó ú pagar , el capital adeudado m s los intereses se pagar an totalmente el é á í 09 de julio de 2021. Se ala que se estableci en dichos documentos que en caso de mora oñ ó simple retardo en el pago del capital y/o de intereses en su caso, tendrá derecho el acreedor a hacer exigible de inmediato el monto total del saldo C-6628-2021 Foja: 1 insoluto a ese entonces, el que desde esa misma fecha se considerar deá plazo vencido, devengando a favor del acreedor, o de quien sus derechos represente, el inter s m ximo convencional que la ley permite estipular paraé á operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional no reajustables queé rija durante la mora o el simple retardo. Expone que el deudor no pag en su totalidad los referidosó documentos a la fecha de su vencimiento, adeudando de plazo vencido a su representado al d a í 09 de julio de 2021, la suma de UF 1.433,5391.-, que corresponde en pesos moneda legal a $ 42.628.493.- a la fecha de vencimiento impago, ya indicada, en que la UF val a í $ 29.736,54.-, al que debe adicionarse intereses a tasa m xima convencional desde el d a siguienteá í al vencimiento impago, ya referido, hasta el d a de soluci n total.í ó Se ala que los mencionados pagar s se encuentran garantizados c
Fallo
se declaran admisibles lasó excepciones opuestas, citando derechamente a las partes a o r sentencia aí folio 25. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 5 de agosto de 2021, comparece don JAIME GABRIEL VEL SQUEZ NAVARRO, Á abogado mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco de Cr dito eó é Inversiones sociedad an nima bancaria, cuyo representante legal es Eugenioó Von Chrismar Carvajal, quien viene en demandar ejecutivamente a Juan Esteban Sepulveda Mercado, tambi n ya individualizado, é se alando queñ el ejecutado es deudor vencido de los siguientes documentos: I.- Pagar suscrito a la orden de su mandante por don(a) é Juan Esteban Sep lveda Mercadoú , con fecha 08 de julio de 2021, por la suma de UF 1.290,1851.-, actuando el deudor representado por el Banco de Cr dito e Inversiones en virtud del mandato conferido por est ltimo ené é ú el Contrato de Apertura para Estudiantes de Educaci n Superior conó Garant a Estatal seg n Ley 20.027, y ste a su vez actuando a trav s deí ú é é apoderado del Banco al que deleg la facultad en comento, seg n escrituraó ú p blica que contiene Delegaci n de Facultades. Seg n lo establecido en elú ó ú referido pagar , el capital adeudado m s los intereses se pagar an totalmenteé á í el 09 de julio de 2021. II.- Pagar suscrito a la orden de mi mandante por don(a) é Juan Esteban Sep lveda Mercadoú , con fecha 08 de julio de 2021, por la suma de UF 143,3539.-, actuando el deudor representado por el Ba
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C-6628-2021 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6628-2021 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/SEP LVEDAÚ Santiago, veintisiete de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS: A folio 1, con fecha 5 de agosto de 2021, comparece don JAIME GABRIEL VEL SQUEZ NAVARRO, Á abogado, domiciliado en Compa a N 1390 Of2403, Santiago, en r
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