12º Juzgado Civil de Santiago

CAMPOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA

Rol

C-29417-2019

Fecha

27 de octubre de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 01 de octubre de 2019, seg n consta a folio N 1,ú ° comparece do a ñ Isabel del Carmen Campos Armijo, con domicilio en Pasaje 1 N 13861, de la comuna de Lo Barnechea, quien demanda a la° Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada por su Alcalde, don Felipe Guevara Stephens, ambos domiciliados en Avenida El Rodeo N 12.777,° de la comuna de Lo Barnechea, la prescripci n extintiva de las accionesó destinadas a exigir el cobro de los derechos de aseo domiciliario. Refiere, que la Municipalidad no ha cobrado los derechos de aseo domiciliario por el per odo comprendido entre el 30 de abril de 2009, al 30í de noviembre de 2013, por un monto de $ 1.377.306. pesos, encontr ndose lasá acciones extinguidas por la prescripci n., lo que constar a en el certificado deó í deuda emitido por la Municipalidad. Que, con fecha 22 de marzo del presente a o, comparece don Borisñ Durandeau Stegmann, abogado, en representaci n de la Municipalidad de Loó Barnechea, ambos con domicilio en Avenida El Rodeo N 12.777, de laº comuna de Lo Barnechea, quien se notific expresamente de la demanda,ó allan ndose a la misma, respecto de las acciones de las deudas devengadas ená el periodo indicado, esto es, desde el d a 30 de abril del a o 2009, hasta el d aí ñ í 30 de noviembre del a o 2013.ñ Que, con fecha 09 de junio del presente a o, el actor evacu la r plicañ ó é sin agregar nuevos antecedentes, y con fecha 24 de junio del a o en curso, elñ demandado evacu la d plica.ó ú LJM RIT« » Foja: 1 Que, con fecha 18 de agosto de 2021, el Tribunal cit a las partes a o ró í sentencia. Con lo Relacionado y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, conforme al principio de econom a procesal, no se harí á referencia a los escritos del per odo de discusi n, atendido que fueron relatadosí ó en lo expositivo de esta sentencia. Segundo: Que, a fin de acreditar los fundamentos de su pretensi n, laó parte demandante, acompa aron al juicio la siguiente prueba documental:ñ 1.-Certificado de Aval o Fiscal, de la propiedad ubicada en pasaje INRú N 13861, de la comuna de Lo Barnechea.° 2.-Estado de deuda de derechos de aseo domiciliario, correspondiente a do a Isabel Campos Armijo RUT 6.343.395-0., emitido por el Departamentoñ de Rentas de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea., con fecha 20 de junio de 2019. A los documentos antes indicado, se les dar el valor probatorio,á contenido en el art culo 342 N 3 del C digo de Procedimiento Civil, ení ° ó relaci n al art culo 1700 del C digo Civil.ó í ó Tercero: Que, el demandado, se allan totalmente a la pretensi n deló ó actor, debiendo entenderlo como una manifestaci n de conformidad con laó petici n formulada, en este caso por la demandada, siendo su principaló consecuencia, poner t rmino al proceso mediante una resoluci n judicial queé ó tiene como base tal allanamiento. Cuarto: Que en concepto de esta sentenciadora el vocablo impuesto“ ” que emplea el art culo 2521 del C digo Civil constituye un t rmino gen ricoí ó é é comprensivo de cualquier exacci n patrimonial impuesta por el Estado a lasó personas, debiendo entenderse que dicho art culo se encuentra referidoí gen ricamente a los tributos, siendo entonces la prescripci n de corto tiempoé ó aplicable al caso de los derechos de aseo domiciliario. Quinto: Que, siendo las acciones de cobro de aseo domiciliario aquellos que prescriben en corto tiempo seg n se ha razonado precedentemente, s loú ó resta analizar si en la especie ha transcurrido el plazo legal de tres a os parañ que se declare la prescripci n extintiva de la acci n de cobro del tributo enó ó comento. Que, en tales condiciones, considerando que la parte demandada se notific expresamente, con fecha 22 de marzo del presente a o, se desprendeó ñ LJM RIT« » Foja: 1 inequ vocamente que se encuentran prescritas todas aquellas cuotas cuya fechaí de vencimiento fuere anterior al 22 de marzo del a o 2018 y, que estuvierenñ pendientes de pago, por haber transcurrido a su respecto el plazo establecido para ello. En consecuencia, corresponde acoger lo solicitado por la actora, como se dir en lo resolutivo de esta sentencia, sin perjuicio de la competenciaá espec fica del Tribunal, est delimitada por el contenido de la demanda.í á

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en la Constituci ná ó Pol tica de la Rep blica art culos 19 N 1 y 2 y 118 y siguientes; art culos 144,í ú í ° í 160, 170, 342 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; art culos 1689,ó í 1700, 2514 y siguientes del C digo Civil; Ley Org nica Constitucional deó á Municipalidades; Decreto Ley N 2.385, de 1996, que Fija Texto Refundido y° Sistematizado del Decreto Ley N 3.063, de 1979, Sobre Rentas Municipales,° y dem s normas legales pertinentes, se resuelve: á - Que, se acoge, sin costas la demanda deducida con fecha 01 de octubre del a o 2019, en cuanto se declaran prescritas las acciones queñ mantiene la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, para perseguir el cobro de los derechos de aseo domiciliario respecto del inmueble ubicado Pasaje 1 N 13861, de la comuna de Lo Barnechea, por el per odo comprendido entre el° í 30 de abril del a o 2009, al 30 de noviembre del a o 2013.ñ ñ Reg strese, notif quese, y en su oportunidad arch vese.í í í Rol: C-29417-2019. PRONUNCIADA POR DO A MAR A SOF A GUTI RREZÑ Í Í É BERMEDO, JUEZ TITULAR DEL DUOD CIMO JUZGADOÉ CIVIL DE SANTIAGO.// Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Octubre de dos mil veintiuno LJM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visuali

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-29417-2019 CARATULADO : CAMPOS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, veintisiete de Octubre de dos mil veintiuno Vistos: Que, con fecha 01 de octubre de 2019, seg n consta a folio N 1,ú ° comparece do a ñ Isabel del Carmen Campos Armijo, con domicilio en Pasaje 1 N 13861, d

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