SOCIEDAD MINERA LA FRONTERA SPA/
Rol
V-18-2020
Fecha
28 de octubre de 2021
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 15 de enero de 2020, compareció don HUGO PRIETO ROJAS, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 11.947.423-K, representación de SOCIEDAD MINERA LA FRONTERA SpA., sociedad del giro de su denominación , RUT N° 76.362.859-0, ambos domiciliados en calle Magdalena N° 140, piso 20, Las Condes, Santiago, solicitando la concesión de explotación denominada “CORTADERA 7, 1 AL 20 ”, sobre una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en esta comuna de Vallenar, provincia de Huasco, Tercera Región de Atacama, haciendo uso e invocando una concesión de exploración constituida y vigente denominada “CORTADERA 7 ”, cuyo pedimento se presentó en el Segundo Juzgado de Letras de Vallenar, con fecha 25 de octubre del 2017. SEGUNDO: Que tal manifestación se publicó en el Diario Oficial De La Republica de Chile N° 42.571 de fecha 5 de febrero del 2020, Boletín Oficial de Minería CVE 1721473 y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, con fecha 27 de enero del año 2020, a fojas 47 Nº 26 del mismo año.- TERCERO: Que folio 5,de fecha 10 de agosto del año 2020, se solicitó la mensura del total de las pertenencias manifestadas, habiéndose publicado tal petición el día 19 de agosto del año 2020 en el Diario Oficial de La Republica de Chile N° 42.734, Boletín Oficial de Minería CVE 1800925. CUARTO: Que la superficie mensurada comprende 10 pertenencias con una superficie total de 93 hectáreas, con el nombre “CORTADERA 7, 1 AL 20” y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) L 1 6.811.000,00 340.000,00 L 2 6.811.000,00 341.000,00 L 3 6.810.700,00 341.000,00 L 4 6.810.700,00 340.900,00 L 5 6.810.000,00 340.900,00 L 6 6.810.000,00 340.000,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.810.500,00 metros Norte con la abscisa 340.500, 00 metros Este. QUINTO: Que a folio 15, 22, y 28, rolan Ordinarios N° 002888; Nº 4579; Nº 5816, de fechas 17 de mayo del 2021; 28 de julio del 2021; y 16 septiembre del 2021; respectivamente, mediante los cuales el Servicio Nacional de Geología y Minería informó con observaciones la operación de la mensura de las pertenencias de autos, ordenando el Tribunal poner en conocimiento del interesado dichas observaciones para los trámites de rigor. SEXTO: Que puestas en conocimiento del interesado las observaciones señaladas en el motivo anterior, éste hizo presente al Tribunal, dentro del plazo contemplado en el artículo 82 del Código de Minería en cada oportunidad, el solucionado las mismas. SEPTIMO: Que a folio 32, rola Ordinario 6595 de fecha 20 de octubre del 2021, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología y Minería emite su informe favorable señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y
Fallo
Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44, 59, 85, y 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “CORTADERA 7, 1 AL 20”, Rol Nacional Nº 03301-6045-4, con una superficie total de 93 hectáreas, a favor de la “SOCIEDAD MINERA LA FRONTERA SpA.”, ya individualizada.- II.- Apruébense su plano y acta de mensura.- III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese.- Inscríbase junto con el acta de mensura.- Archívense los planos.- Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad.- ROL Nº V-18-2020.- Dictada por don DIEGO ANTONIO GAMBOA DIAZ Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Letras, Vallenar.- En Vallenar, a veintiocho de Octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-10-28T14:12:01-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-18-2020 CARATULADO : SOCIEDAD MINERA LA FRONTERA SPA/ Vallenar, veintiocho de Octubre de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 15 de enero de 2020, compareció don HUGO PRIETO ROJAS, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N° 11.947.423-K, representación de SOCIEDAD MINER
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