Juzgado de Garantía de Talca

MP C/ RODRIGO ESTEBAN LÓPEZ JORQUERA

Rol

O-105-2025

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1° Que en causa Rol Único N°2500012601-5 y de Ingreso N°105-2025, el Ministerio Público, fiscal adjunto José Varela Poblete y conforme lo autoriza el artículo 407 del Código Procesal Penal, dedujo acusación contra RODRIGO ESTEBAN LOPEZ JORQUERA, 40 años de edad, natural de Molina, estudios básicos completos, comerciante informal, en situación de calle, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, cédula de identidad número 15.998.017-0. El imputado fue defendido por la abogado doña Karina Romero García, de la Defensoría Penal Pública Licitada de Talca. La Empresa de Ferrocarriles del Estado, con el patrocinio de la abogado doña Ingrid Hernández Román, dedujo querella por el delito de robo, la que declarada admisible. 2° Que los hechos de la acusación son los siguientes: HECHOS: el día 3 de enero del año 2025, siendo aproximadamente las 18:20 horas, el imputado Rodrigo Esteban López Jorquera, ingresó junto a otras personas que no han sido individualizadas a la fecha, al sector de la estación ferroviaria de Talca, en el costado oriente de la línea férrea entre calles 7 y 8 sur y sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, la cantidad de 100 metros de cable de fibra de cobre cubierto de plástico negro desde la cámara de la central de la línea férrea, el avalúo de las especies sustraídas, según sus dueños, es la suma de $3.500.000 pesos. CALIFICACION JURIDICA: se le atribuye participación en calidad de AUTOR de delito CONSUMADO, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, esto es, ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS: no se invocan. PENA: 301 días de presido menor en su grado mínimo, de cumplimiento efectivo. 3° Que el imputado, tomando conocimiento de los hechos de la acusación y de los antecedentes que les sirvieron de fundamento, los aceptó expresamente con lo que, verificados los requisitos del artículo 407 del Código Código: PLPCXUFNNFJ Es

Fundamentos

considerando anterior, se tienen por establecidos los hechos del libelo acusatorio, confluyendo en igual sentido los antecedentes que obran en el registro y que dicen relación con el Parte Detenidos N°11, de 30 de abril del año en curso, de la Tenencia de Carabineros Talca Oriente, dando cuenta de la detención de RODRIGO ESTEBAN LOPEZ JORQUERA, Cedula Nacional de Identidad Nro.15.998.017- 0, las 18:30 horas del mismo día, al interior de la estación Ferroviaria ubicada en calle 11 Oriente Nro. 1000, Talca, por los funcionarios que se señalan. Se indica que a las 18:20 horas aproximadamente, el personal aprehensor fue derivado por la Central de Comunicaciones CENCO Talca, hasta la estación ferroviaria de Talca ubicada en calle 11 Oriente Nro. 1000, Talca, en cooperación al cuadrante de la Tenencia Talca Oriente, con la finalidad de verificar personas sustrayendo especies, informándoles que a la espera en el lugar se encontraba un vigilante privado de la empresa al llegar al lugar, se ingresó de infantería al interior de la línea férrea, en donde se entrevistaron con el vigilante privado, el cual les manifestó que un individuo que vestía polera color blanco sin mangas, pantalón tipo jeans color azul, se encontraba enrollando cable al costado Oriente de la línea férrea entre calle 7 y 9 norte, conforme a in aencncreac, este personal policial cruzo rápidamente la línea férrea hacia el costado Oriente sorprendiendo a dicho individuo enrollando cables que había cortado desde la cámara de cableado de comunicaciones de la empresa de Ferrocarril del Estado, procediendo a la detención a eso de las 18:30 horas, Posteriormente, se entrevistaron con el vigilante privado, siendo identificado como MAURICIO LEONEL MOLINA MANRIQUEZ, quien manifestó que mientras se encontraba en su lugar de trabajo observó al interior de la línea férrea paralelo a calle 11 Oriente a la altura de calle 7 y 8 sur que había 5 sujetos sustrayendo cables desde una cámara al interior de la línea férrea, por lo que concurrió hasta el lugar para verificar bien la situación en donde estos individuos huyen en dirección a calle 8 Sur 11 Oriente, quedándose uno de ellos en el lugar, el cual vestía polera manga corta color blanca y jeans color azul, insultándolos y tirándole piedras, para luego este Código: PLPCXUFNNFJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mismo individuo empezar a juntar el cable que habían cortado y sustraído desde la cámara de cableados de la central de línea férrea con la intensión de huir con el cable por calle 8 Sur 11 Oriente, quedándose en el lugar para evitar que se lo llevara a espera de personal de carabineros. ESPECIES: 100 metros de cable fibra cobre cubierto de plástico color negro, las que son recuperadas y entregadas a la víctima como representante de la línea ferroviaria. AVALUO: La víctima avalúa las especies sustraídas en la suma de $3.500.000. (Tres millones quinientos mil pesos). Anexos al p

Fallo

SE DECLARA: I- Que se condena a RODRIGO ESTEBAN LOPEZ JORQUERA cédula de identidad número 15.998.017-0, a la pena de TRESCIENTOS UN DIAS (301) de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público de especies propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, cometido el 3 de enero del año 2025, en Talca. II- Que la pena será de cumplimiento efectivo, desde que el mismo se presente o sea habido, haciéndose el cómputo desde el 3 de enero del año 2025, fecha desde la que se encuentra ininterrumpidamente privado de libertad en la causa y hasta que se certifique su egreso, si correspondiera. III- Que se le libera del pago de las costas de la causa. Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal REGISTRESE Y ARCHIVESE. Rol Único N°2500012601-5 Rol Ingreso N°105-2025 Código: PLPCXUFNNFJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pronunciada por doña Marta Asiain Madariaga, Juez de Garantía. Dirigió la audiencia y resolvió - MARTA BENITA ASIAIN MADARIAGA. Todo lo actuado, fundamentado y resuelto en la presenta audiencia, se encuentra íntegramente registrado en el correspondiente sistema de audio, único instrumento válido de conservación y registro de audiencia al tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Código Procesal Penal” Código: PLPCXUFNNFJ Este documento tiene firma

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de lectura de sentencia. Fecha Talca., cinco de mayo de dos mil veinticinco Magistrado MARTA BENITA ASIAIN MADARIAGA Fiscal JAVIERA CACERES FLORES POR PAULO MARCELO RODRÍGUEZ MORALES Defensor CAROLINA VILLALOBOS VÁSQUEZ POR KARINA VALESKA ROMERO GARCÍA Hora inicio 01:41PM Hora termino 01:46PM Sala CUARTA SALA Audio n° 13 Tribunal Juzgado de Garantía de Talca Acta fv

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