Juzgado de Letras y Garantía de Río Bueno

CARABINEROS RIO BUENO C/ ROMÁN EDUARDO DOCMAC VEGA

Rol

O-582-2025

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Hechos: “El día 05 de mayo de 2025, alrededor de las 21.45 horas, Carabineros de Río Bueno realiza control preventivo y fiscaliza, en la comuna de Río Bueno; al imputado ROMÁN EDUARDO DOCMAC VEGA RUN 0020264844-4 quien conducía el automóvil marca KIA patente DZ VR 31, al bajar su ventana salía desde el interior un fuerte olor a mariguana, manteniendo sobre el asiento del copiloto 3 bolsas de nylon transparentes con mariguana, 13 bolsas herméticas con cocaína, $172.000 en efectivo, moledor de mariguana y un teléfono celular marca redmi color negro”. Calificación jurídica: un delito Trafico en pequeñas cantidades, previsto en el artículo 4° en relación al art 1° inciso 1° de la Ley 20.000, como autor y en grado de ejecución de consumado. Visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artículos 1 y 4 de la Ley 20.000; artículos 1, 8, 295, 297, 340, 342, 388 y siguientes y 395 del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se condena a ROMÁN EDUARDO DOCMAC VEGA RUN N°0020264844-4, ya individualizado, como autor del delito consumado de Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades previsto y sancionado en el NOMBRE IMPUTADO ROMÁN EDUARDO DOCMAC VEGA RUN 0020264844-4 domiciliado en Salto la Leona 377 Río Bueno Código: VLYCXUJRECJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 4° en relación al artículo 1° inciso de la Ley 20.000, cometido el día 04 de mayo de 2025, en la comuna de Río Bueno, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de CINCO Unidades Tributarias Mensuales, y a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4º de la Ley Nº 18.216, se concede al sentenciado la

Fallo

se declara: I. Que se condena a ROMÁN EDUARDO DOCMAC VEGA RUN N°0020264844-4, ya individualizado, como autor del delito consumado de Tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades previsto y sancionado en el NOMBRE IMPUTADO ROMÁN EDUARDO DOCMAC VEGA RUN 0020264844-4 domiciliado en Salto la Leona 377 Río Bueno Código: VLYCXUJRECJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 4° en relación al artículo 1° inciso de la Ley 20.000, cometido el día 04 de mayo de 2025, en la comuna de Río Bueno, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de CINCO Unidades Tributarias Mensuales, y a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4º de la Ley Nº 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del Centro de Reinserción Social de Río Bueno, por el lapso de un año, debiendo presentarse al quinto día de ejecutoriada la presente sentencia bajo apercibimiento de despachar orden de detención para llevar a efecto audiencia de revocación de pena sustitutiva. III. Que la multa impuesta será pagadera en su valor nominativo conforme formulario que le será entregado por el Tribunal u obtenido directamente por el imputado en la página web del Poder Judicial, facultándose para el pago de la multa en CINCO parcialid

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Sentencia Magistrado DIEGO FELIPE FRANCO FUENTES ROLACK RUC 2500605108-4 RIT 582 - 2025 Delito Trafico ilicito de drogas en pequeñas cantidades Procedimiento Simplificado Río Bueno, cinco de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Hechos: “El día 05 de mayo de 2025, alrededor de las 21.45 horas, Carabineros de Río Bue

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