TRANSELEC.S.A/
Rol
V-3564-2021
Fecha
26 de octubre de 2021
Materia
NOTIFICACIONES JUDICIALES VARIAS, INCLUYE ÁRBITRO VOLUNTAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que con fecha 09 de septiembre de 2021, comparece Cristián Arratia Gallardo, chileno, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.924.074-5, en representación convencional de Transelec S.A., RUT N°76.555.400-4, ambos domiciliados en calle Orinoco 90, piso 14, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, solicitando se practique la notificación judicial del artículo 40° o bien la subsidiaria del artículo 44° ambos del Código de Procedimiento Civil, cuando corresponda, a Empresa de Transporte Ferroviario S.A., R.U.T 96.545.600-7, representada por don Roberto Pirazzoli Labarca, cédula nacional de identidad N°6.216.451-4, ambos domiciliados en Huérfanos 587, oficina 301, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de propietaria de derechos sobre los predios afectados por servidumbre eléctrica, de acuerdo a lo preceptuado en el D.F.L. N° 4/20.018 de 2007, Ley General de Servicios Eléctricos (“LGSE”), Con fecha 26 de octubre de 2021, se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 09 de septiembre de 2021, comparece don Cristián Arratia Gallardo, abogado, en representación convencional de Transelec S.A., solicitando se practique la notificación judicial del artículo 40° o bien la subsidiaria del artículo 44° ambos del Código de Procedimiento Civil, cuando corresponda, del plano especial de servidumbre N° PES-03-L001 y documento informativo elaborado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a Empresa de Transporte Ferroviario S.A., R.U.T 96.545.600-7, representada por don Roberto Pirazzoli Labarca, cédula nacional de identidad n° 6.216.451-4, ambos domiciliados en Huérfanos 587, oficina 301, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de propietaria de derechos del inmueble signado bajo el ID 6 en el listado de propietarios acompañado a la solicitud de concesión, inscrito a fojas 163 vta., número 135 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte del año 1991, SEGUNDO: Que el artículo 27 del D.F.L. N° 4/20.018 sobre Ley General de Servicios Eléctricos, en su parte pertinente señala: “Declarada la admisibilidad, los planos especiales a que se refiere la letra h) del artículo 25º serán puestos por el solicitante, a su costa, en conocimiento de los dueños de las propiedades afectadas. La notificación podrá efectuarse judicial o notarialmente … En la notificación deberá constar que los planos fueron entregados a todos aquellos que fueron notificados en conformidad al inciso anterior. En el acto de notificación o certificación, junto al plano, se entregará un documento informativo elaborado por la Superintendencia que describa las menciones que deberá contener el plano especial de las servidumbres, el procedimiento para presentar observaciones u oposiciones dentro del procedimiento concesional y el nombre, domicilio y rol único tributario del solicitante y de su representante legal.”.- TERCERO: Que fue acompañada junto a la solicitud de autos Plano especial de servidumbre N° PES-03-L001 a notificar, Documento Informativo elaborado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a notificar, Resolución Exenta SEC N° 34.500, de fecha 29 de abril de 2021, que declaró la admisibilidad de la solicitud de concesión eléctrica definitiva, a notificar, y, copia de inscripción y certificado de dominio vigente otorgados por el Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte respecto de los derechos del predio inscrito a fojas 163 vta., número 135 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte del año 1991 . CUARTO: Que, por Resolución Exenta SEC N° 34.500, de fecha 29 de abril de 2021 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, fue declarada admisible la solicitud de concesión eléctrica definitiva del Proyecto denominado “Nueva línea 2 x 220 kV Lagunas – Nueva Pozo Almonte”, que se desarrollará en la Región de Tarapacá, provincia de Tamarugal, comuna de Pozo Almonte. QUINTO: Que de los antecedentes que ob
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 27 del D.F.L. N° 4/20.018 del año 2006 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Ley 20.897, SE DECLARA: I.- HA LUGAR A LA NOTIFICACIÓN JUDICIAL del plano especial de servidumbre N° PES-03-L001 y documento informativo elaborado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles a Empresa de Transporte Ferroviario S.A., R.U.T 96.545.600-7, representada por don Roberto Pirazzoli Labarca, cédula nacional de identidad N°6.216.451-4, ambos domiciliados en Huérfanos 587, oficina 301, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de propietaria de derechos sobre el inmueble inscrito a fojas 163 vta., número 135 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pozo Almonte del año 1991, signado bajo el ID 6 en el listado de propietarios acompañado a la solicitud de concesión. II.- EXHÓRTESE EN SU OPORTUNIDAD al Juzgado Civil competente de Santiago, a efecto de que practique la referida notificación judicial del artículo 40° o bien la subsidiaria del artículo 44° ambos del Código de Procedimiento Civil, si procediere una vez cumplidos los requisitos legales. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez(a) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. En Pozo Almonte, a veintiséis de Octubre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resol
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FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-3564-2021 CARATULADO : TRANSELEC.S.A/ vgo Pozo Almonte, veintiséis de Octubre de dos mil veintiuno VISTOS Que con fecha 09 de septiembre de 2021, comparece Cristián Arratia Gallardo, chileno, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.924.074-5, en representación convencional de Transelec S
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