CARABINEROS RIO BUENO C/ PEDRO RODRIGO AGUILAR MARIPÁN
Rol
O-574-2025
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO, OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Hechos: La víctima imputado don Mauricio Andrés Montecinos Bobadilla, el día 29 de abril de 2025, cerca de las 19:30 horas, se encontraba descargando mercadería desde el vehículo patente EFYX.93 Marca Toyota, que se mantenía estacionado fuera del domicilio de sus padres ubicado en Calle Baquedano 987 Río Bueno, momentos en que el imputado Pedro Rodrigo Aguilar Maripán, conducía el automóvil MARCA Toyota, placa patente DLSD.88, y procede a pasar por un costado, comenzando de manera intimidante a gritar “donde sacaste la licencia culiao”, momentos en que este conductor se estaciona por la parte trasera del auto, quien inicia marcha atrás, chocando el vehículo EFYX.93 Marca Toyota, en la parte trasera, provocando daños de consideración. Por tal motivo del impacto el auto avanza hacia adelante chocando y provocando daños a un tercer automóvil que estaba estacionado delante del vehículo marca Kia, patente UD90.18, ocasionándole daños en la parte trasera y delantera de ambos vehículos, ya que este último choco con un árbol. Acto seguido el conductor Pedro Rodrigo Aguilar Maripán, se da a la fuga, momentos en que don Mauricio Montecinos lo sigue en su automóvil, dándole alcance en calle Los Notros 2029, distante a dos cuadras del lugar de los hechos. Momento en que desciende el conductor del automóvil marca Chevrolet en evidente estado de ebriedad, donde procede a encararlo pidiéndole una explicación por los daños efectuados, comenzando una discusión donde don Mauricio Montecinos se ofusca, agrediendo a don pedro con golpes de puño en el rostro, y que se había dado a la fuga momentos antes, donde este posteriormente hace ingreso al domicilio de Los Notros N°2029, instante en que Carabineros llega al lugar y se entrevista con don Mauricio Andrés Montecinos Bobadilla, de igual forma se presenta la otra parte que se identifica como Pedro Rodrigo Aguilar Maripán, el que lo hace con les
Fallo
se declara: I. Que se condena a PEDRO RODRIGO AGUILAR MARIPAN, cédula nacional de identidad N° 14.459.590-4, ya individualizado, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, si haber obtenido licencia de conducir, con resultado de daños, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación con los artículos 110 y 209 de la ley 18.290 de Tránsito, cometido el día 29 de abril del año 2024, en la comuna de Río Bueno, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de UNA Unidad Tributaria Mensual, y a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II. Que se condena a PEDRO RODRIGO AGUILAR MARIPAN, cédula nacional de identidad N° 14.459.590-4, ya individualizado, como autor del delito consumado de negativa injustificada a practica de exámenes de alcoholemia, previsto y sancionado en el artículo 195 bis de la ley 18.290, cometido el día 29 de abril del año 2025, en la comuna de Río Bueno, a sufrir la pena de multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual. III. Que se condena a PEDRO RODRIGO AGUILAR MARIPAN, cédula nacional de identidad N° 14.459.590-4, ya individualizado, como autor del delito consumado de huir del accidente que ocasionare daños, previsto y Código: FSSKXUNPENH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sancionado en el artículo 195 de la ley 18.290 de Tránsito, cometido el
Texto Completo (Preview)
RUC : 2500589311-1 RIT : 574 -2025 DELITO : Conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, con resultado de daños. DELITO : Negativa injustificada a practica de exámenes de alcoholemia. DELITO : Huir del accidente que ocasionare daños. IMPUTADO : PEDRO RODRIGO AGUILAR MARIPAN PROCEDIMIENTO : Simplificado. Río Bueno, treinta de abril de dos mil
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