4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

MANTOS COPPER S.A

Rol

V-325-2020

Fecha

28 de octubre de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 08 de Junio de 2020, Hernán Montes Figueroa, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 8.966.205-2, en representación, según se acredita en autos de MANTOS COPPER S.A., sociedad chilena del giro minero, Rut 77.418.580-1, ambas domiciliadas en Panamericana Norte Kilómetro 1.405 S/N, Antofagasta, solicitó la manifestación de la concesión de explotación denominada “ROSARIO H 3A, 1 AL 90”, ubicada en la comuna, provincia y región de Antofagasta, la que se tiene por presentada el día 06 de Febrero de 2019, fecha de presentación del pedimento minero “ROSARIO H 3”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41, inciso segundo y 114, ambos del Código de Minería.- SEGUNDO: Que con fecha 30 de junio de 2021, la manifestación fue inscrita a fjs. 2.929, bajo el Nº 1.646 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020. TERCERO: Que con fecha 06 de Julio de 2020, se Foja: 1 publicó la inscripción de la manifestación, y con fecha 08 de Febrero de 2021, se publicó la solicitud de mensura, ambas en el Boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta, solicitud que según consta en folio 11 del SITCI, dentro de plazo no fue objeto de oposición por parte de terceros. CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Ord. Nº 7.050 de fecha 15 de Octubre de 2021, agregado en folio 19 del SITCI, señala que la operación técnica de mensura, no tiene observaciones ajustándose a la Ley. QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. del punto de interés y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de explotación son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PI 7.393.500,00 385.500,00 L1 7.395.000,00 384.000,00 L2 7.395.000,00 387.000,00 L3 7.392.000,00 387.000,00 L4 7.392.000,00 384.000,00 SEXTO: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 85 de Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales sin que existan impedimentos técnicos.

Fallo

SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y acta de mensura y en consecuencia, queda constituida la concesión de explotación denominada "ROSARIO H 3A, 1 AL 90”, con una superficie total Foja: 1 de 900 hectáreas, en favor de MANTOS COPPER S.A., sociedad chilena del giro minero, representada por don Hernán Montes Figueroa, ambas ya individualizadas. Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. Inscríbase, conjuntamente con el acta de mensura y archívese en conformidad a la Ley. De conformidad con el protocolo de implementación de plan piloto vigente desde el 01 de Enero de 2021, dispuesto en Acta de Pleno N°275 de fecha 14 de Diciembre de 2020, y Acta de Pleno N° 84, de fecha 29 de Marzo de 2021, ambas de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, remítanse en formato PDF, a petición de la interesada, copia autorizada de esta sentencia, conjuntamente con el certificado de ejecutoria, plano y acta de mensura aprobados, al SERNAGEOMIN y Conservador de Minas de esta ciudad, a los correos electrónicos implementados por ambas instituciones para el efecto, debiendo el Tribunal certificar tal circunstancia, una vez cumplido este trámite. Archívese copia del plano en el respectivo Conservador de Minas. Regístrese y notifíquese. Dictada por doña Macarena Ester Muñoz Valenzuela, Juez Suplente. Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la trami

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Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-325-2020 CARATULADO : MANTOS COPPER S.A. AUTOS : 18.10.2020 Antofagasta, veintiséis de Octubre de dos mil veintiuno.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 08 de Junio de 2020, Hernán Montes Figueroa, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N° 8.966.205-2, en repre

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