BUSTOS/CUATRO SPA.
Rol
M-38-2022
Fecha
24 de octubre de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda, asimismo no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omite la recepción de prueba y se procede a dictar sentencia de inmediato. El tribunal resuelve: Que atendida la incomparecencia de la demandada, se acoge la solicitud y se dicta sentencia. En virtud de lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia, se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva. La Calera, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
se resuelve estese a lo que se resolverá a continuación. Se deja constancia que la parte demandada no comparece a la presente audiencia, siendo que se encuentra válidamente notificada, por razones de economía procesal se omite la lectura de la demanda, la contestación se tiene por efectuada en rebeldía de la parte demandada y en razón a la incomparecencia de la demandada el llamado a conciliación resulta infructuoso. Se deja constancia que la parte demandante, atendido lo previsto en el artículo 453 N° 1 inciso 7° y lo dispuesto en el artículo 453 N° 3 del, ambos del Código del Trabajo, solicita que se tenga tácitamente admitidos todos y cada uno de los hechos contenidos en la demanda, asimismo no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omite la recepción de prueba y se procede a dictar sentencia de inmediato. El tribunal resuelve: Que atendida la incomparecencia de la demandada, se acoge la solicitud y se dicta sentencia. En virtud de lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia, se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva. La Calera, veinticuatro de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: POR TANTO, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11, 63, 73, 161, 162, 168, 183, 496 y 501 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña JENNIFER JEANETTE BUST
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERNCIA PLATAFORMA ZOOM ID 3348049490 FECHA 24 DE OCTUBRE DE 2022 RUC 22-4-0420363-4 RIT M-38-2022 MAGISTRADO ANDREA PIZARRO PERALTA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANDREA GONZALEZ GUERRA HORA DE INICIO 09:00 horas.- HORA DE TERMINO 09:38 horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 2240420363-4-98 PARTE DEMANDANTE JENNIFER JEANETTE BUSTOS PINO A
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