M.P C/ NICOL ESTEFANÍA PARRA TAPIA
Rol
O-153-2025
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: En horas de la tarde del día 3 de febrero de 2025, la acusada Nicol Estefanía Parra Tapia concurrió al Centro de cumplimiento Penitenciario de Nueva Imperial que se ubica en calle General Lagos 464 de Nueva Imperial, a visitar interno del mismo, portando y transportando consigo clorhidrato de cocaína que mantenía oculta a fin de ingresarla al centro penitenciario y ser entregada a internos de éste. Así, la acusada, una vez dentro del centro penitencia de Nueva Imperial fue sometida a control rutinario por funcionarios de Gendarmería constatándose que ésta mantenía al interior de un preservativo oculto en su zona vaginal tres bolsas de nylon transparente que resultó ser clorhidrato de cocaína que arrojó un peso neto de 32.88 gramos y efectuada prueba de campo respectiva dio positivo a clorhidrato de cocaína. Mantenía además la acusada un teléfono celular Honor modelo WODLX3 NUE 7485020 y ciento setenta y dos (172.000) pesos en efectivo que provienen de actividad ilícita ya referida. RESOLUTIVA: En virtud de lo expuesto, normas citadas y lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº6, 11 Nº9, 14 Nº1, 15 N° 1, 18, 21, 22, 25, 26, 29, 30, 31, 50 y 70 del Código Penal; artículos 1, 4, 19 letra h) y demás pertinentes de la Ley 20.000; artículos 297, 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 15 de la Ley 18.216, RESUELVO: I.- Que, se condena a NICOL ESTEFANÍA PARRA TAPIA, Cédula de Identidad N°18.071.232-1, ya individualizada, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y comiso de las especies incautadas, en su calidad de autora de un delito consumado de micro tráfico, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, cometido en esta comuna el tres de febrero de dos mil veinticinco. II.- Que, en cuanto a las especies comisadas, esto es, dineros incautados y teléfono celula
Texto Completo (Preview)
Nueva Imperial, treinta de abril de dos mil veinticinco. Conforme al artículo 62 inciso 3ª del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. LOS HECHOS: En horas de la tarde del día 3 de febrero de 2025, la acusada Nicol Estefanía Parra Tapia concurrió al Centro de cumplimiento Penitenciario de Nueva Imperial que se ubica en cal
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