1º Juzgado de Letras de Linares

CHÁVEZ/

Rol

V-24-2020

Fecha

25 de octubre de 2021

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: A folio 1, con fecha 10 de febrero de 2020, comparece doña DIGNA DEL CARMEN CHÁVEZ VÁSQUEZ, chilena, comerciante, casada, domiciliada en calle Rengo N° 218, Comuna de Linares, quien respetuosamente dice: Que es dueña y titular de un depósito a plazo renovable en pesos por la suma original de $1.550.000, tomado en el Banco Estado número de operación 00004857073, que en la actualidad según su vencimiento asciende a la suma de $1.776.949, documento que se encuentra actualmente extraviado. Solicita que conforme con lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley Nº 18.092, se sirva declarar el extravío de dicho documento y que se le emita uno nuevo por el Banco Estado con el objeto de poder ejercer los derechos que le corresponden, como portador del mismo, quedando nulo y sin valor, el documento extraviado. ?Concluye solicitando que se sirva declarar extraviado el documento individualizado y se ordene al Banco Estado se le otorgue otro documento representativo de la operación Bancaria 00004857073 por la suma inicial de $1.550.000 que en la actualidad según su último vencimiento asciende a la suma de $1.776.949, con el objeto de poder cobrar y percibir dicha suma de PRIMER JUZGADO DE LETRAS L I N A R E S dinero o en su defecto poder a su arbitrio renovar la operación de depósito a plazo. Segundo: Que se adjuntaron los siguientes antecedentes para ser ponderados por el Tribunal: 1.- A folio 1, con fecha 10 de febrero de 2020, rola certificado de Banco Estado en el que se individualiza la operación, monto, vencimiento y condiciones de pago del depósito a plazo. 2.- A folio 11, con fecha 08 de julio de 2021, rola revocación de patrocinio y poder otorgado al abogado don Bernardo Mellibosky Diez y se confiere patrocinio y poder a los abogados don Andrés Vicente Rivera Albornoz y don Alexis Fabián Castillo Alarcón. 3.- A folio 17, con fecha 27 de julio de 2021, rola certificación efectuada por la señora Ministro de Fe de este Tribunal, referida a que notificado legalmente el Banco del Estado de Chile, no presentó a la fecha oposición. 4.- A folio 24, con fecha 01 de septiembre de 2021, rola publicación de la solicitud en el Diario Oficial, edición N° 43.043, de fecha 01 de septiembre de 2021. 5.- A folios 28 y 29, de fechas 06 de octubre de 2021 y 07 de octubre de 2021, respectivamente, rola certificación y su rectificación efectuada por la señora Ministro de Fe de este Tribunal, referida a que no hubo acción de terceros dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido. Tercero: Que a folio 32, con fecha 14 de Octubre de 2021, estando la causa en estado, se trajeron los autos para fallo. Cuarto: Que del mérito de la documental acompañada a estos autos, en especial la Certificación efectuada por la entidad bancaria solicitada; certificación de no oposición al trámite por parte del Banco y de terceros, lo que redunda en el cumplimiento de los requisitos que impone la Ley 18.092, para este tipo de gestion

Fallo

FALLO 14 DE OCTUBRE DE 2021 Linares, veinticinco de octubre de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: A folio 1, con fecha 10 de febrero de 2020, comparece doña DIGNA DEL CARMEN CHÁVEZ VÁSQUEZ, chilena, comerciante, casada, domiciliada en calle Rengo N° 218, Comuna de Linares, quien respetuosamente dice: Que es dueña y titular de un depósito a plazo renovable en pesos por la suma original de $1.550.000, tomado en el Banco Estado número de operación 00004857073, que en la actualidad según su vencimiento asciende a la suma de $1.776.949, documento que se encuentra actualmente extraviado. Solicita que conforme con lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley Nº 18.092, se sirva declarar el extravío de dicho documento y que se le emita uno nuevo por el Banco Estado con el objeto de poder ejercer los derechos que le corresponden, como portador del mismo, quedando nulo y sin valor, el documento extraviado. ?Concluye solicitando que se sirva declarar extraviado el documento individualizado y se ordene al Banco Estado se le otorgue otro documento representativo de la operación Bancaria 00004857073 por la suma inicial de $1.550.000 que en la actualidad según su último vencimiento asciende a la suma de $1.776.949, con el objeto de poder cobrar y percibir dicha suma de PRIMER JUZGADO DE LETRAS L I N A R E S dinero o en su defecto poder a su arbitrio renovar la operación de depósito a plazo. Segundo: Que se adjuntaron los siguientes antecedentes para ser ponderado

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PRIMER JUZGADO DE LETRAS L I N A R E S CAUSA ROL V-24-2020 CÓDIGO E04A MATERIA EXTRAVÍO DE TÍTULO DE CRÉDITO SOLICITANTE DIGNA DEL CARMEN CHÁVEZ VÁSQUEZ C.I. 6.150.459-1 ABOGADOS ANDRÉS VICENTE RIVERA ALBORNOZ ALEXIS FABIÁN CASTILLO ALARCÓN C.I. 17.885.115-2 C.I. 13.790.776-3 FECHA DE INGRESO 10 DE FEBRERO DE 2020 AUTOS PARA FALLO 14 DE OCTUBRE DE 2021 Linares, veinticinco de octubre de dos mil ve

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