Juzgado de Garantía de Chillán

MP C/ CRISTIAN ENRIQUE GAETE LEPUMAN

Rol

O-2527-2024

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Primero: Que ante este Tribunal de Garantía el MP. ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CRISTIAN ENRIQUE GAETE LEPUMAN, Rut N° 14.094.280-4, domiciliado en Población La Viñita s/n°, Coihueco, en su calidad de autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en relación al artículo, 494 N° 5 del mismo cuerpo legal y el artículo 5° de la ley 20.066 fundado en los siguientes hechos: El día 14 de abril del año 2024, en horas de la noche, aproximadamente a las 22:00 horas, en el domicilio ubicado en Pasaje La Vega sin número, sector La Viñita de la comuna de Coihueco, el requerido Cristian Enrique Gaete Lepumán agredió a la víctima, menor de edad, su hijo Yeremi Josué Gaete Casanova, nacido el 07.11.2008 a quien Código: XGMCXUKWYBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl ________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán -  Av. Ecuador #1167, Chillán -  (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – cuenta corriente: Banco Estado Nro.52100243369 golpeó con golpes de puño en la cabeza, a consecuencia de lo cual la víctima resultó con “hematoma región occipital “ de carácter clínicamente leve. Concurriendo una circunstancia agravante del articulo 12 N° 15 del Código Penal, esto es haber sido condenado el culpable anteriormente por delitos a los que la ley señale igual o mayor pena y en ausencia de minorantes, requiere se le imponga la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales que correspondan, más accesorias del artículo 9 letras b y d de la ley 20.066, por el lapso de dos años, y costas de la causa. Segundo: Que en sus alegatos de apertura el MP, representado en audiencia por la Sra. Fiscal doña NADIA ESPINOZA CARO,

Fallo

se declara: I.-Que se absuelve a CRISTIAN ENRIQUE GAETE LEPUMAN, Rut N° 14.094.280-4, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra en el requerimiento en procedimiento simplificado que lo estimó autor del delito de lesiones perpetradas en contexto de violencia intrafamiliar en perjuicio del menor Y.J.G.C. en el territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 14 de abril de 2024. II.-Que no se condena en costas al MP, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Álcense las medidas cautelares, oficiándose al efecto, si fuere necesario, una vez ejecutoriado el presente fallo. Anótese, Regístrese y Archívese, sino fuere impugnado por la vía legal. Pronunciada por doña Claudia Madsen Venegas, Juez de Garantía. Código: XGMCXUKWYBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl Código: XGMCXUKWYBH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-01T11:10:32-0400

Texto Completo (Preview)

________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán -  Av. Ecuador #1167, Chillán -  (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl – cuenta corriente: Banco Estado Nro.52100243369 AUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA Fecha Chillán, veintiocho de abril de dos mil veinticinco. Ruc N° 2400423222-0 Rit N° 2527-

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