C/ JULIANO STEFANO ARENAS REINOSO
Rol
O-8158-2024
Fecha
29 de abril de 2025
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El 28 de Agosto 2024 alrededor las 16:00 horas los acusados BENJAMÍN ESTEBAN MONCADA MONCADA y JULIANO STEFANO AREAS REINOSO se movilizaban al interior del del bus de Transantiago recorrido C09 y al llegar a la intersección de calle Fernández Mira con Avda. Charles Hamilton, comuna de Las Condes, mientras estos descendían del microbus el acusado que posteriormente fue individualizado como Benjamín Esteban Moncada Moncada le arrebato de su mano a la víctima JOSEFA ISIDORA VÉLIZ CIFUENTES su teléfono Iphone 13 avaluado en la suma de $1.200.000.- que esta llevaba consigo , produciéndose un forcejeo para evitar la apropiación de la especie, al que se sumo un segundo sujeto posteriormente individualizado como el acusado JULIANO STEFANO AREAS REINOSO, logrando arrebatarle la especie y huyendo ambos imputados con esta en su poder, siendo posteriormente detenidos a pocas cuadras del lugar en posesión de esta. Delito y grado de desarrollo . ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal. A juicio del Ministerio Público el delito se encuentra en grado de consumado Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes Art. 11 N° 6 del Código Penal. Agravantes No concurren. Preceptos legales Artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 432, 436 inciso 2° y 449 del Código Penal; artículos 1, 3, 4, 36, 45, 340, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; y artículos 1, 3, 4, 5 y 35 de la Ley N° 18.216 SE RESUELVE: I.- Que se condena al acusado BENJMIN ESTEBAN MONCADA MONCADA, Rut 21.548.180-8, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el inciso 2° del artículo 436 del Código Penal, perpetrado en esta juri
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena al acusado BENJMIN ESTEBAN MONCADA MONCADA, Rut 21.548.180-8, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de robo por sorpresa, previsto y sancionado en el inciso 2° del artículo 436 del Código Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 28 de agosto 2024. II.- Que reuniendo la sentenciada los requisitos del artículo 4° de la Ley N° 18.216, se les sustituye la pena corporal que le fuere impuesta, por la de remisión condicional de la pena, sujeto al control de la autoridad administrativa por el plazo de UN AÑO, debiendo además cumplir estrictamente las obligaciones establecidas en el artículo 5° de la Ley N° 18.216, quedando desde ya citados para presentarse ante el CRS Santiago Sur II, ubicado en Balmaceda N° 46, Puente Alto, el día 26 de mayo de 2025, a las 08:30 horas, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra, conforme lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 18.216. En el evento que no se presente a iniciar el cumplimiento o incurra en Código: UUZXXUUZRYG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl incumplimiento de la pena sustitutiva, se le advierte que ésta puede ser reemplazada por otra pena sustitutiva de mayor intensidad o revocada por el cumplimiento efectivo de la pena corporal impu
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 4° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2401022644-5 RIT : 8158-2024 IMPUTADO : BENJAMIN ESTEBAN MONCADA MONCADA Cédula de Identidad : 21.548.180-8 Fecha de nacimiento : 09-04-2004 Domicilio : Calle HUAPIL Nº 13357, San Bernardo. PROCEDIMIENTO : Abreviado Fecha de sentencia : veintinueve de abril de dos mil veinticinco JUEZ : MAURICIO IVAN PONTINO CORTES Hechos “El 28 de Agosto 2024 a
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