Juzgado de Garantía de Puerto Varas

C/ SERGIO OSVALDO BARRIENTOS VARGAS

Rol

O-1186-2023

Fecha

29 de abril de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 10/09/2022, alrededor de las 17:30 horas, en el kilómetro 7 de la ruta V-155, en la comuna de Llanquihue, el acusado SERGIO OSVALDO BARRIENTOS VARGAS condujo en estado de ebriedad, con 2,57 gramos por mil de alcohol en la sangre, el vehículo motorizado marca Nissan modelo Versa placa patente única JJTK.10, siendo fiscalizado por Carabineros de Chile”. Puerto Varas, a veintinueve de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 25, 30, 67, 69, 70 del Código Penal; artículo 45 y siguiente, 297, 340 y siguiente, 388 y siguiente, 395 del Código Procesal Penal; Ley 18.290, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a SERGIO OSVALDO BARRIENTOS VARGAS, cédula de identidad Nº 8.622.370-8, domiciliado en Calle Las Margaritas N°438, Población Diego Portales, comuna de Llanquihue, teléfono 937616011, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196, 110 y 111 de la ley 18.290, hecho ocurrido con fecha 10 de septiembre del año 2022, en la comuna de Llanquihue, a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, suspensión para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y la accesoria de SUSPENSION DE LA LICENCIA DE CONDUCIR por 2 años. II.- Que, al tener abonos por cumplimiento de cautelar de arresto domiciliario parcial, de 10 horas, entre el 24 de enero de 2024 al 21 de enero de 2025, se computan 346 días proporcional, por tanto, se tendrán por cumplidas la pena privativa de libertad como la multa. III.- Que, para la sanción accesoria de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR, se cumplirá por DOS (2) AÑOS. Comuníquese al Registro Nacional de Conductores y al Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Llanquihue. La licencia de conducir del c

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a SERGIO OSVALDO BARRIENTOS VARGAS, cédula de identidad Nº 8.622.370-8, domiciliado en Calle Las Margaritas N°438, Población Diego Portales, comuna de Llanquihue, teléfono 937616011, por su responsabilidad como AUTOR del delito CONSUMADO de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196, 110 y 111 de la ley 18.290, hecho ocurrido con fecha 10 de septiembre del año 2022, en la comuna de Llanquihue, a la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, suspensión para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y la accesoria de SUSPENSION DE LA LICENCIA DE CONDUCIR por 2 años. II.- Que, al tener abonos por cumplimiento de cautelar de arresto domiciliario parcial, de 10 horas, entre el 24 de enero de 2024 al 21 de enero de 2025, se computan 346 días proporcional, por tanto, se tendrán por cumplidas la pena privativa de libertad como la multa. III.- Que, para la sanción accesoria de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR, se cumplirá por DOS (2) AÑOS. Comuníquese al Registro Nacional de Conductores y al Departamento de Tránsito de la Municipalidad de Llanquihue. La licencia de conducir del condenado se encuentra en custodia en causa RIT 1284-2022 de este Tribunal, una vez cumplido el plazo de suspensión en dicha causa, pase la custodia a la presente, para cumplir con la sentencia. Código: LHKWXUYN

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Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. Hechos: “El 10/09/2022, alrededor de las 17:30 horas, en el kilómetro 7 de la ruta V-155, en la comuna de Llanquihue, el acusado SERGIO OSVALDO BARRIENTOS VARGAS condujo en estado de ebriedad, con 2,57 gramos por mil de alcohol en la sangre, el vehículo motorizado marca Nissan modelo Versa placa patente única JJTK.10, si

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