FABIAN LUIS MONSALVES FONSECA C/ RODRIGO ALEJANDRO CASTILLO MUÑOZ
Rol
O-1220-2024
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, el día diecisiete de abril de dos mil veinticinco, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén, se desarrolló la audiencia de Juicio Oral Simplificado en la causa Rol Interno del Tribunal N°1220-2024, Rol Único de Causa 2400705571-0, seguida en contra de RODRIGO ALEJANDRO CASTILLO MUÑOZ Cédula de Identidad 15.303.333-1, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en pasaje la Unión N° 300 de Villa Mañihuales, comuna de Aisén. Representó al Ministerio Público el fiscal adjunto, don Alex Olivero Núñez, y la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor de la Defensoría Penal Pública don Tomás Figueroa Lara, ambos con domicilios y formas de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público fundó su requerimiento en que: “El día 17 de junio del 2024 alrededor de las 17.45 horas aproximadamente, el requerido RODRIGO ALEJANDRO CASTILLO MUÑOZ condujo en estado de ebriedad la camioneta marca Maxus, modelo T-60, placa patente PCKY-11, por el pasaje la unión de la localidad de Villa Mañihuales, comuna de Aisén, y al llegar a la altura del N° 300 fue fiscalizado por Carabineros quienes evidenciaron que el requerido transitaba en estado de ebriedad atendido su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, ojos enrojecidos, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, efectuándole prueba respiratoria la cual arrojó que conducía con 1.16 g/l de alcohol en la sangre. El informe de alcoholemia practicado al requerido, arrojó como resultado que ésta conducía con 1.61 g% de alcohol en la sangre. En concepto del Ministerio Público los sucesos descritos configuran el ilícito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole al requerido participación en calidad de AUTOR, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Atendido lo anter
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 14, 15; 111 y siguientes de la Ley Nº 18.290, sobre Tránsito; y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a RODRIGO ALEJANDRO CASTILLO MUÑOZ, Cédula de Identidad 15.303.333-1, de ser autor del supuesto delito de conducción vehículo motorizado en estado de ebriedad, hecho supuestamente ocurrido el 17 de junio de 2024 en la Localidad de Villa Mañihuales, Comuna de Aysén. II.- Que, cada interviniente soportará sus costas. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Los intervinientes quedan notificados de lo resuelto. ANOTESE, REGÍSTRESE, Y EN SU OPORTUNIDAD ARCHÍVESE. Rit 1220-2024 Ruc 2400705571-0 Dictada por DALIA DEL CARMEN ILLEZCA CARRASCO, Juez Titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Aysén. Código: XXNDXUQLNTG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-30T12:09:16-0400
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Puerto Aysén, treinta de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, el día diecisiete de abril de dos mil veinticinco, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén, se desarrolló la audiencia de Juicio Oral Simplificado en la causa Rol Interno del Tribunal N°1220-2024, Rol Único de Causa 2400705571-0, seguida en contra de RODRIGO ALEJANDRO CASTILLO MU
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