5º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ VÍCTOR IGNACIO GÁLVEZ GUTIÉRREZ

Rol

O-19-2025

Fecha

30 de abril de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el veintiuno de marzo pasado, en la sala del Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por los magistrados don Marcelo Andrés Rojas Arenas, quien presidió la audiencia, don Christian Carvajal Silva y doña Marcela Nilo Leyton, el segundo titular de este tribunal y los demás, titulares del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, subrogando legalmente, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC 2401016557-8, seguida por el delito de receptación de vehículo motorizado del artículo 456 bis A, inciso tercero del Código Penal y para establecer la participación que en estos hechos pudo haber correspondido a VICTOR IGNACIO GÁLVEZ GUTIERREZ, Cédula Nacional de Identidad N° 21.637.941-1, chileno, natural de Santiago, nacido el día 19 de junio de 2004, 20 años de edad, soltero, operario de producción según sus dichos, domiciliado en Pasaje Benito Juárez N° 328, de la comuna de Cerrillos. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal adjunto don Francisco Ayala Tapia, con domicilio y forma notificación ya registrados en el Tribunal. La defensa del acusado fue ejercida por el Defensor Penal Público don Jhonny Alexander Osorio Valenzuela, también con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. La acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento la siguiente relación de hechos, según se señala en el auto de apertura: El día 28 de agosto del año 2024, aproximadamente a las 02:10 horas, en calle Divina Comedia con Avenida Lo Errazuriz, en la comuna de Cerrillos, el imputado Víctor Ignacio Gálvez Gutiérrez, fue fiscalizado por personal de Carabineros, al volante de la motocicleta, Marca KTM, Modelo Duke, color blanco - negro, año 2017, toda vez que, este conducía la referida motocicleta, sin portar sus placas patentes, ante lo cual, la policía procede a revisar el número de chasis, advirtiendo que a esta motocicleta le correspondían las placas patente GPG.052, la cual mantenía encargo vigente por el delito de robo con intimidación EUN 600269, según consta en parte denuncia Nº 683, Código: PMTPXULHXVG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PODER JUDICIAL QUINTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO 2 de la Tenencia de Nueva España, de fecha 29 de abril de 2024, realizada por su propietario don Alejandro Enrique Balboa Osses, conociendo o no pudiendo menos que conocer el imputado el origen ilícito de motocicleta que conducía. El persecutor alega que hechos descritos configuran el delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, encontrándose el delito en grado de desarrollo consumado, correspondiendo al acusado responsabilidad a título de autor de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, toda vez que ejecutó los hechos en forma inmediata y di

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 14, 15 N° 1, 18, 21, 24, 29, 67, 69, 70, 449, 456 bis A y demás pertinentes del Código Penal; 4, 295, 297 y siguientes y 340, 342, 344, 346, 348 y demás pertinentes del Código Procesal Penal y artículos 593 y 600 del Código Orgánico de Tribunales; se declara: I.- Que, se CONDENA a VÍCTOR IGNACIO GALVEZ GUTIÉRREZ, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y, se le condena, además, al pago de una multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, todo ello, sin costas, por la responsabilidad que le cabe en cuanto autor del delito consumado de receptación de vehículo motorizado, hecho acaecido en la comuna de Maipú el día 28 de agosto de 2024, ello sin costas. II.- Que, la pena impuesta deberá ser cumplida efectivamente, en régimen intramuros. Le servirán de abono los 246 días que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con motivo de la presente causa, desde el 28 de agosto de 2024, según consta de certificación de doña Karla Román Zamorano, jefa de causa de este tribunal. III.- Que, habiéndose CONDENADO a VÍCTOR IGNACIO GALVEZ GUTIÉRREZ, por delito al que la ley asigna pena aflictiva, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley N° 18.556 modificada por la Ley N°

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL QUINTO TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO 1 C/ VICTOR IGNACIO GÁLVEZ GUTIERREZ RECEPTACIÓN ROL UNICO: 2401016557-8 RIT Nº: 19-2025 Santiago, treinta de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el veintiuno de marzo pasado, en la sala del Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, constituida por los magistrados don Marcelo Andrés

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica