MP C/ SERGIO SEGUNDO CERNA CERNA
Rol
O-6183-2024
Fecha
29 de abril de 2025
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 18 de octubre de 2024, alrededor de las 19:10 horas, en el sector de la intersección de avenida Costanera con calle Portales, comuna de Coquimbo, el imputado SERGIO SEGUNDO CERNA CERNA, luego de una discusión por la pérdida de un celular, agredió a su conviviente Jacqueline Del Carmen Caballero Álvarez arrojándole objetos, golpeándola y empujándola, a consecuencia de lo cual ésta golpeó su cabeza. A raíz de dicha agresión antes señalada la víctima resultó con “herida en cuero cabelludo en región parietal derecha de 2 cms. De diámetro que ameritó 3 puntos de sutura”, según DAU del médico de turno que la atendió en el CESFAM Sergio Aguilar. B) SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. En Coquimbo, a veintinueve de abril de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69 70, 399 y 494 N° 5 del Código Penal; artículos 5 y 9 de la Ley N° 20.066, sobre Violencia Intrafamilair; artículos 30, 36, 45, 348 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA, a SERGIO SEGUNDO CERNA CERNA, cédula nacional de identidad N° 14.103.250-K, ya individualizado, a sufrir la pena pecuniaria de MULTA de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES; por su responsabilidad en calidad de autor, de un delito de lesiones menos graves en contexto de Violencia Intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación al artículo 494 N° 5 del Código Penal y articulo 5 de la Ley N° 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar; perpetrado en grado de desarrollo de consumado, el día 18 de octubre de 2024, en la comuna de Coquimbo. II.- Que, asimismo, se impone al condenado la medida accesoria prevista en la letra b) del artículo 9 de la Ley 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar, esto es, prohibición de acercarse a la víctima, doña Jacqueline del Carmen Caballero Código: CXNXXUDPXHG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Álvarez, o a su domicilio, lugar de trabajo, estudio y/o cualquier lugar en que esta se encuentre o visite habitualmente, por el plazo de UN año, en un radio de 100 metros. Ofíciese a la Unidad de Carabineros para que vigilen el cumplimiento de la medid
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A) HECHOS: “El día 18 de octubre de 2024, alrededor de las 19:10 horas, en el sector de la intersección de avenida Costanera con calle Portales, comuna de Coquimbo, el imputado SERGIO SEGUNDO CERNA CERNA, luego de una discusión por la pérdida de un celular, agredió a su conviviente Jacqueline Del Carmen Caballero Álvarez arrojándole objetos, golpeándola y empujándola, a consecuencia de lo cual ést
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