MIN PUB AFTA C/ CRISTIAN JOSÉ GARRIDO ESPINOZA
Rol
O-4106-2025
Fecha
22 de abril de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 21 de abril de 2025, a eso de las 23.45 hrs, la victima doña Elizabeth Espinoza Hermosilla, se encontraba en su domicilio de Rio Imperial 9718, de esta ciudad, en compañía del imputado, CRISTIAN JOSE GARRIDO ESPINOZA, quien es su hijo, quien la habría amenazado de forma seria y verosímil y sin mediar provocación alguna con golpearla haciendo ingreso a un baño del domicilio, momento en que la víctima aprovecha de llamar a funcionarios policiales, quienes llegan al domicilio y al momento en que funcionarios policiales se encontraban al interior del mismo el imputado con un cuchillo que se encontraba en su poder, comienza a quebrar los mubles del interior del balo causando daños avaluados en 200 mil pesos, motivo por lo cual carabineros ingresa al baño procediendo carabineros a su detención. Sentencia: APERCIBIDO ARTICULO 26 NO TIPO SENTENCIA (SIMPLIFICADO – ABREVIADO) SIMPLIFICADO DELITO Amenazas no condicionales, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del CP en relación al artículo 5° de la Ley Código: BXDXUVSXYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VIF. GRADO PARTICIPACION (AUTOR- COMPLICE-ENCUBRIDOR) AUTOR GRADO EJECUCION (CONSUMADO- FRUSTRADO-TENTADO) CONSUMADO PENA (CORPORAL Y/O MULTA) 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO PENA SUSTITUTIVA / PLAZO Remisión Condicional de la Pena por el término de 1 año. Lugar de cumplimiento Centro de Reinserción Social de Rancagua, debiendo presentarse dentro de quinto de ejecutoriada la presente sentencia. DIAS DE ABONO ABONO 01 DÍA (22 de abril 2025) INHABILIDADES Suspensión de cargo u oficio públicos durante el tiempo de la condena. PENAS ACCESORIAS / PLAZO 9 letra B) Ley 20.006, en relación con el artículo 36 N 3 y 4 de la Ley 21.675, prohibición de acercarse a la víctima por 1 año CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD Artículo 11 N° 6 del Código Penal COSTAS (SI-NO) NO RENUNCIA PLAZOS LEGALES (SI-NO) NO EJECUTORIADA
Fallo
se declara incompetente para seguir conociendo de la ejecución de la presente causa. Remítanse los antecedentes al Juzgado de Garantía de RANCAGUA Dese orden de libertad a favor del Código: BXDXUVSXYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl imputado. Notifiquese de acuerdo a registro SIAGJ Dirigió la audiencia y resolvió - MARCO ANTONIO ESCOBAR MARTÍNEZ. Código: BXDXUVSXYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-29T09:14:00-0400
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de control de la detención.. Fecha Antofagasta., veintidós de abril de dos mil veinticinco Magistrado MARCO ANTONIO ESCOBAR MARTÍNEZ Fiscal ANDREA ROSAS CHACANA Defensor ALAN LANYON CAMUS Hora inicio 02:20PM Hora termino 02:30PM Sala SEXTA SALA Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta Acta Claudia Tosetti Rodriguez RUC 2500544769-3 RIT 4106 - 2025 COMPARECE NOMBR
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