Juzgado de Garantía de San Bernardo

I. MUNICIPALIDAD DE SAN BERNAR C/ ANASTACIA RUBY VEHITIARE REYES ASTUDILLO

Rol

O-6568-2023

Fecha

28 de abril de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑOS CALIFICADOS.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El 5 de julio de 2023 a las 12:15 horas aproximadamente, los imputados Anastasia Reyes Astudillo y Pablo Reyes Alvial concurrieron hasta la Ilustre Municipalidad de San Bernardo ubicada en Eyzaguirre n° 450 comuna de San Bernardo, y desde el frontis de esta, comenzaron a lanzar piedras a las dependencias de la Municipalidad causando daños avaluados en 20 millones de pesos mientras que amenazaban de modo serio y verosímil a los funcionarios públicos de la entidad diciendo “los vamos a cagar a todos” “vamos a quemar esta huea” , una vez que son detenidos por parte de carabineros, ambos imputados manifestaron “vamos a quemar la municipalidad cuando nos dejen libres y volveremos a quebrar os vidrios y dar jugo”. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Código: HECXXURWXFG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 Por estas consideraciones y de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11N°9, 14, 15, 30, 296, 485 del Código Penal; 297, 340, 406 y siguientes, 411, 412 y siguientes del Código Procesal Penal y Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a ANASTACIA RUBY VEHITIARE REYES ASTUDILLO, cédula de identidad N° 18.028.183-5, ya individualizado, por su participación en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado, en el delito de DAÑOS a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y por el delito de AMENAZAS SIMPLES a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y suspensión d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11N°9, 14, 15, 30, 296, 485 del Código Penal; 297, 340, 406 y siguientes, 411, 412 y siguientes del Código Procesal Penal y Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a ANASTACIA RUBY VEHITIARE REYES ASTUDILLO, cédula de identidad N° 18.028.183-5, ya individualizado, por su participación en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado, en el delito de DAÑOS a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y por el delito de AMENAZAS SIMPLES a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, hecho perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 5 de julio 2023. II.- Que se concede a la sentenciada la pena sustitutiva de la privativa de libertad de remisión condicional debiendo quedar sujeto a la vigilancia del Centro de Reinserción Social más cercano a su domicilio de Gendarmería de Chile por un año y cumplir las demás instrucciones que este organismo le imparta. La sentenciada deberá presentarse dentro del plazo de décimo día de ejecutoriada esta sentencia ante el Centro de Reinserción Social para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida bajo apercibimiento de revocarle esta y ordenar el cumplimiento efectivo de la pena corporal. III

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veintiocho de abril de dos mil veinticinco. Imputado : ANASTACIA RUBY VEHITIARE REYES ASTUDILLO, cédula de identidad N° 18.028.183-5, con domicilio en Pasaje Luis Rodriguez Tobar Nº 74, comuna de Buin.. Fiscal : ALEJANDRA

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