MPP C/ BRYAN PATRICIO CALDERÓN CALDERÓN
Rol
O-766-2024
Fecha
28 de abril de 2025
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que, el día 12 de marzo del año 2024, aproximadamente a las 13:00 horas de la tarde, el acusado BRYAN PATRICIO CALDERON CALDERON se trasladaba como pasajero al interior de un bus de la locomoción colectiva de la empresa “Buses Combarbalá”, patente FXZX- 56, el cual circulaba por la Ruta 5 Norte, vehículo que al llegar a la altura del kilómetro 126 de tal Ruta correspondiente a El Melón, Comuna de Nogales, es objeto de una fiscalización por funcionarios de Carabineros de la Sección OS-7 de Carabineros de Valparaíso, quienes realizan tal fiscalización con un can detector de drogas, el cual da marcación positiva a la presencia de droga en un bolso de color negro sin marca que el acusado trasladaba entre sus piernas, a raíz de lo cual se procede a su control, y al registro de la mochila por este portada, es encontrado en su interior una bolsa plástica color negro, la cual a su vez contenía un total de 1.056,0 gramos de peso neto de cannabis sativa a granel, a raíz de lo cual se procede a su detención y a la incautación de la droga por este transportada y de 1 teléfono celular marca “Samsung” color azul con carcaza color rojo que este igualmente portaba. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada. - Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 11 Nº 9, 14, 15 N° 1 del Código Penal; 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1 y 3 de la Ley 20.000, se declara: Código: SXCYXULLXKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a BRYN PATRICIO CALDERON CALDERON, Cédula Identidad 18.512.574-2, ya individualizado, a sufrir la pena de cuatro (04) años de presidio menor en su grado máximo, a una multa de 01 Unidad Tributaria Mensual; accesoria legal del artículo 29 del Código Penal, comiso de las e
Fallo
se declara: Código: SXCYXULLXKG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Se condena a BRYN PATRICIO CALDERON CALDERON, Cédula Identidad 18.512.574-2, ya individualizado, a sufrir la pena de cuatro (04) años de presidio menor en su grado máximo, a una multa de 01 Unidad Tributaria Mensual; accesoria legal del artículo 29 del Código Penal, comiso de las especies incautadas, determinación de la huella genética, por su responsabilidad como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas y estupefacientes, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en los artículos 1 y 3, ambos de la ley 20.000, cometido con fecha 12 de marzo de 2025, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que la pena corporal señalada precedentemente será de cumplimiento efectivo, toda vez que el imputado no cuenta con los requisitos para acceder una pena sustitutiva de la Ley 18.216. III.- Que, respecto a la pena de multa de 01 Unidad Tributaria Mensual, se tendrá por cumplida imputándosele 03 días de abono en la presente causa, toda vez que el imputado se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva desde el día de la audiencia de control de la detención. Se ordena pasar los antecedentes al ministro de fe de este tribunal a fin de que certifique los abonos que puedan favorecer al imputado para efectos del cumplimiento de la pena efectiva, descontándose entonces los 03 días imputados a la pena de m
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, veintiocho de abril de dos mil veinticinco. Hechos: Que, el día 12 de marzo del año 2024, aproximadamente a las 13:00 horas de la tarde, el acusado BRYAN PATRICIO CALDERON CALDERON se trasladaba como pasajero al interior de un bus de la locomoción colectiva de la empresa “Buses Combarbalá”, patente FXZX- 56, el cual circulaba por la Ruta 5 Norte, ve
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