4º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ADRIÁN ANDRÉS ACEVEDO MUÑOZ

Rol

O-10859-2024

Fecha

26 de abril de 2025

Materia

DAÑOS CALIFICADOS.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El 20 de noviembre de 2024, a las 20:55 horas aproximadamente, el requerido Adrián Acevedo Muñoz, llegó hasta el exterior de la Embajada de Rusia, ubicada en Avenida Américo Vespucio Norte N° 2127, comuna de Vitacura, lugar donde el comenzó a causar daños en mobiliario y artefactos de dicha Embajada, golpeando con objetos contundentes específicamente 2 citófonos, una cámara lectora de patentes, una luz de emergencia de entrada y salida de vehículos y una luz de sensor de movimiento, especies avaluadas en la suma de $1.000.000 de pesos, y asimismo a un funcionario de la embajada, siendo reducido por personal de seguridad de la embajada y entregado a personal de Carabineros, quienes proceden a su detención. Delito y grado de desarrollo DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 484 del Código Penal. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes 11 N° 9 Código Penal Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don ADRIÁN ANDRÉS ACEVEDO MUÑOZ, ya individualizado en la audiencia, como autor del delito consumado de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 484 del Código Penal, ocurrido el día 20 de noviembre de 2024, en la comuna de Vitacura, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, sin costas. II. Que, respecto de la pena de multa, de conformidad al artículo 49 del Código Penal, se le tendrá por cumplida con el tiempo que ha estado privado de libertad por la presente causa, a saber el 20 y 21 de noviembre de 2024. Código: EXTTXUNNLXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertido

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a don ADRIÁN ANDRÉS ACEVEDO MUÑOZ, ya individualizado en la audiencia, como autor del delito consumado de DAÑOS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 484 del Código Penal, ocurrido el día 20 de noviembre de 2024, en la comuna de Vitacura, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, sin costas. II. Que, respecto de la pena de multa, de conformidad al artículo 49 del Código Penal, se le tendrá por cumplida con el tiempo que ha estado privado de libertad por la presente causa, a saber el 20 y 21 de noviembre de 2024. Código: EXTTXUNNLXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. Código: EXTTXUNNLXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EXTTXUNNLXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-27T14:07:00-0400

Texto Completo (Preview)

4° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O TRIBUNAL : 4 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2401426520-8 RIT : 10859 - 2024 IMPUTADO : ADRIÁN ANDRÉS ACEVEDO MUÑOZ Cédula de Identidad : 12.853.982-4 Nacionalidad : Chileno Fecha de nacimiento : 27-08-1975 Domicilio : Avenida Portugal 38 Depto Nº 154, Santiago. PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : veintiséis de abril de

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