Juzgado de Garantía de la Serena

MP C/ CÉSAR DEL ROSARIO PIZARRO TAPIA

Rol

O-3452-2025

Fecha

26 de abril de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos “El día 25-04-2025, A LAS 12.10 horas aproximadamente, el imputado con ánimo de lucro y la intención de sustraer especies ajenas, ingreso al supermercado ACUENTA, ubicado en Avenida Viña Del Mar. 2960. La serena, sustrajo desde los pasillos varias especies 03 ENJUAGUE BUCAL MARCA LISTERINE DE 1LITROS Y 01 SHAMPOO MARCA HERBAL ESSENCES DE 865 ML, avaluados en la suma de $39.160, las que oculto al interior de la chaqueta que vestía, todas especies de propiedad del local afectado, luego de lo cual se dirige al sector de cajas, sin pagar el valor de las especies, para posteriormente dirigirse a la salida principal, donde fue retenido por los guardias de seguridad con las especies en su poder”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

considerandos grabados íntegramente en el registro de audio N° 2500572126-4 Sentencia, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2500572126-4 RIT Nº: 3452-2025 DELITO: Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm. SENTENCIADO: CESAR DEL ROSARIO PIZARRO TAPIA Código: QJQQXUMLFXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl VISTOS Y CONSIDERANDO: Y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 15 Nº 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 432, 446 Nº 3 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se resuelve: I.- Que, SE CONDENA a CESAR DEL ROSARIO PIZARRO TAPIA, cédula nacional de identidad N° 18.193.892-7, ya individualizado, a sufrir una pena de TREINTA Y UN DÍAS de prisión en su grado medio, al pago de una multa de UN TERCIO de Unidad Tributaria Mensual y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, perpetrado en grado frustrado, el día 25 de abril del año dos mil veinticinco en esta comuna. II.- Que, la pena pecuniaria impuesta se tendrá por cumplida con el tiempo que lleva de privación de libertad el imputado con motivo de esta causa, el día 25 de abril de 2025. III.- Que, la pena corporal impuesta deberá cumplirla el sentenciado de manera efectiva desde que se presente o sea habido, no registrando abonos que considerar. IV.- Que, no se condena en costas al sentenciado, por la colaboración que supone su admisión de responsabilidad, al ahorrar a los intervinientes los gastos y la carga inherentes a un juicio oral y público. Regístrese, y ejecutoriada que sea esta sentencia, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dictada por don Carolina Andrea Baroncini Galvez, Jueza Suplente del Juzgado de Garantía La Serena. Código: QJQQXUMLFXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: QJQQXUMLFXE

Texto Completo (Preview)

RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, veintiséis de abril de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Carolina Andrea Baroncini Galvez Fiscal Carolina Caballero Villagrán Defensor Barbara Zuñiga Fournet Imputado Cesar del Rosario Pizarro Tapia, cédula nacional de identidad N° 18.193.892- 7, chileno, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Valparaiso N° 3934, Casa

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica