5º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ OSCAR RODRIGO LAREE LUNA

Rol

O-1079-2023

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos materia del requerimiento efectuada por el imputado Oscar Rodrigo Laree Luna, cédula de identidad N°17.428.754-6, chileno, 34 años de edad, soltero, comerciante, domiciliado en calle Doctor Lorenzo Urcaray N°4430 de la comuna de Quinta Normal, representado legalmente por la Defensora Penal Pública Macarena Bravo, durante la audiencia de procedimiento simplificado, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se ha cometido el hecho punible contenido en el requerimiento del Ministerio Público y que en él ha correspondido al imputado una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor, establecida en este proceso por los siguientes hechos” El día 12 de abril de 2023, a las 04:20 horas aproximadamente, a la altura de la Avenida Carrascal frente al Nro. 6608 de la comuna de Cerro Navia, el requerido OSCAR RODRIGO LAREE LUNA, conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Volkswagen, modelo Gol, color gris, año 2014, placa patente única GJCH.89, y, en esas circunstancias, por no estar atento a las condiciones del tránsito choca con un árbol existente en el lugar. El examen respiratorio que detecta la presencia de alcohol en el organismo arrojó como resultado que el requerido presentaba 1.61 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de ocurrir estos hechos.”, los que configuran el delito de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños. SEGUNDO: Que el Ministerio Público señaló además que favorecen al encausado las atenuantes de irreprochable conducta anterior y de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, por lo que solicitó pena de cuarenta y un días de prisión, multa de 1/3 de UTM, accesorias legales y suspensión de licencia de conducir por dos años. Que la Defensa no hizo alegaciones de fondo, y solicitó que la pena a imponer fuera sustituida por la Remisión Condicional, que la multa impuesta se le tuviera por cumplida con el día que estuvo detenido y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por la Fiscal Adjunta Alina Escudero y con la admisión expresa de responsabilidad criminal en los hechos materia del requerimiento efectuada por el imputado Oscar Rodrigo Laree Luna, cédula de identidad N°17.428.754-6, chileno, 34 años de edad, soltero, comerciante, domiciliado en calle Doctor Lorenzo Urcaray N°4430 de la comuna de Quinta Normal, representado legalmente por la Defensora Penal Pública Macarena Bravo, durante la audiencia de procedimiento simplificado, este Tribunal ha adquirido la convicción, más allá de toda duda razonable, de que realmente se ha cometido el hecho punible contenido en el requerimiento del Ministerio Público y que en él ha correspondido al imputado una participación culpable y penada por la ley en calidad de autor, establecida en este proceso por los siguientes hechos” El día 12 de abril de 2023, a las 04:20 horas aproximadamente, a la altura de la Avenida Carrascal frente al Nro. 6608 de la comuna de Cerro Navia, el requerido OSCAR RODRIGO LAREE LUNA, conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Volkswagen, modelo Gol, color gris, año 2014, placa patente única GJCH.89, y, en esas circunstancias, por no estar atento a las condiciones del tránsito choca con un árbol existente en el lugar. El examen respiratorio que detecta la presencia de alcohol en el organismo arrojó como resultado que el requerido presentaba 1.61 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de ocurrir estos hechos.”, los que configuran el delito de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños. SEGUNDO: Que el Ministerio Público señaló además que favorecen al encausado las atenuantes de irreprochable conducta anterior y de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, por lo que solicitó pena de cuarenta y un días de prisión, multa de 1/3 de UTM, accesorias legales y suspensión de licencia de conducir por dos años. Que la Defensa no hizo alegaciones de fondo, y solicitó que la pena a imponer fuera sustituida por la Remisión Condicional, que la multa impuesta se le tuviera por cumplida con el día que estuvo detenido y que la suspensión de la licencia de conducir se le dé por cumplida pues ha estado retenida desde el día de los hechos, y además se haga aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, a lo que no se opuso el ente persecutor, accediendo a ello el Tribunal por reunirse los requisitos legales. Y visto lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 3, 7, 11 n° 6 y 9, 14 n° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 67 del Código Penal, artículo 196 en relación a los artículos 110 y 111 de la Ley N° 18.290 y Ley N° 18.216,

Fallo

se declara: I.- Que se acoge el requerimiento efectuado por el Ministerio Público y en consecuencia se condena al requerido Oscar Rodrigo Laree Luna, ya individualizado, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, perpetrado el 12 de abril de 2023, en esta jurisdicción, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa a beneficio de fiscal de una unidad tributaria mensual, a la suspensión de cargo u oficio público durante Código: HXZXURZCWE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el tiempo de la condena y a la suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años. II.- Que se exime al sentenciado al pago de las costas de la causa en razón de que ha evitado la realización de un juicio oral y público. III.- Que la multa impuesta se le tiene por cumplida con el día que estuvo privado de libertad por esta causa. IV.- Que la suspensión de la licencia de conducir se le tiene por cumplida por cuanto le fuera incautada el mismo día de los hechos. V.- Que reuniendo en la especie los requisitos del artículo 4° de la ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la remisión condicional de la misma, debiendo quedar el sentenciado sujeto al control administrativo y a las asistencia al Centro de Reinserción Social Santiago Occidente de Gendarmería de Chile, por el término de un año, y cumplir en su oportunidad con los demás requisito

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que sobre la base de los antecedentes de la investigación expuestos por la Fiscal Adjunta Alina Escudero y con la admisión expresa de responsabilidad criminal en los hechos materia del requerimiento efectuada por el imputado Oscar Rodrigo Laree Luna, cédula de identidad N°17.428.754-6, c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica